https://politecnicadelaciencia.com/
Edici
ó
n
Bianual
Vol.4
Num
7,
PP
97
-
112
ISSN
309
1-2008
DOI:
https://doi.org/10.56519/e1dc9289
97
REVISTA
POLITECNICA
DE
LA
CIENCIA
publicaciones@politecnicadelaciencia.com
+593
98
320
4362
EL
PRINCIPIO
DE
PRECAUCI
Ó
N
EN
LA
SALUD
P
Ú
BLICA:
REGULACI
Ó
N
JUR
Í
DICA
DEL
BISFENOL-A
EN
ECUADOR
THE
PRECAUTIONARY
PRINCIPLE
IN
PUBLIC
HEALTH:
LEGAL
REGULATION
OF
BISPHENOL-A
IN
ECUADOR
Mayra
Cristina
Mena
Mena
1
,
Mar
í
a
Jos
é
Gordon
Paz
2
,
Linda
de
las
Mercedes
Amancha
Chiluiza
3
,
Pauleth
Alexandra
Arguello
Cabrera
⁴
{cmena@pucesa.edu.ec
1
,
majitogopaz1995@gmail.com
2
,
lamancha@pucesa.edu.ec
3
,
pauletharguello2@gmail.com
4
}
Fecha
de
recepci
ó
n:
06/01/2026
/
Fecha
de
aceptaci
ó
n:
09/02/2026
/
Fecha
de
publicaci
ó
n:
10/02/2026
RESUMEN:
La
investigaci
ó
n
surge
de
la
necesidad
de
un
derecho
regulatorio
fuerte
en
materia
ambiental
y
sus
repercusiones
en
salud
humana,
debido
al
uso
indiscriminado
de
revestimientos
pl
á
sticos
en
elementos
que
posteriormente
tendr
á
n
contacto
con
nuestro
organismo,
ya
que
est
á
comprobado
los
da
ñ
os
causados,
cada
individuo
reflejara
signos
y
s
í
ntomas
en
diferente
margen
temporal,
el
objetivo
analizar
el
principio
ambiental
de
precauci
ó
n
aplicado
en
la
salud
p
ú
blica,
en
el
caso
regulaci
ó
n
de
la
sustancia
qu
í
mica
bisfenol
–
a,
se
toma
como
caso
de
estudio
Ecuador,
desde
la
constituci
ó
n
de
2008
implementa
el
principio
de
precauci
ó
n,
que
se
aplica
a
la
gesti
ó
n
del
riesgo
en
situaciones
donde
hay
incertidumbre
cient
í
fica
sobre
los
efectos
que
en
la
salud
o
el
medio
ambiente
puede
una
actividad
determinada,
como
es
el
caso
del
bisfenol
–
a
compuesto
qu
í
mico,
con
efectos
irreversibles
para
la
salud
ya
que,
no
cuenta
con
informaci
ó
n
sobre
las
consecuencias
que
pueden
producir
a
corto
mediano
y
largo
plazo
los
efectos
de
este
componente
en
la
salud
de
la
poblaci
ó
n.
La
metodolog
í
a
es
cualitativa,
bibliogr
á
fica
documental,
como
m
é
todo
te
ó
rico
el
inductivo,
permite
la
aplicaci
ó
n
del
principio
de
prevenci
ó
n
en
salud
p
ú
blica
para
una
adecuada
regulaci
ó
n
del
bisfenol
–
a;
como
tambi
é
n
se
utilizar
á
legislaci
ó
n
comparada
para
determinar
c
ó
mo
parte
de
la
legislaci
ó
n
europea
ha
limitado
el
uso
de
este
elemento
y
poder
observar
su
regulaci
ó
n
en
la
legislaci
ó
n
ecuatoriana.
Como
resultado
principal
se
identifica
en
el
pa
í
s
una
insuficiente
regulaci
ó
n
espec
í
fica
de
este
compuesto
qu
í
mico
a
pesar
de
contar
con
la
normativa
internacional
y
ejemplos
de
control
exitosos
en
otros
pa
í
ses.
Se
llega
como
conclusiones
a
fundamentar
doctrinariamente
el
principio
de
precauci
ó
n
como
una
herramienta
creada
con
la
finalidad
de
facilitar
en
la
toma
de
decisiones
respecto
a
salud
p
ú
blica
pero
que
a
ú
n
est
á
n
en
la
esfera
jur
í
dica
del
soft
law.
1
Escuela
de
Ciencias
Sociales
y
Humanidades,
Pontificia
Universidad
Cat
ó
lica
del
Ecuador,
Ecuador,
https://orcid.org/0000-0001-
6933-0946
;
+5930980440948
2
Investigador
Independiente,
Ecuador,
https://orcid.org/0009-0002-7753-2112
;
+
+59398
0331020
3
Escuela
de
Ciencias
Sociales
y
Humanidades,
Pontificia
Universidad
Cat
ó
lica
del
Ecuador,
Ecuador,
https://orcid.org/0000-
0001-5958-6905
;
+593988223078
4
Investigador
Independiente,
Ecuador,
https://orcid.org/0000-0001-5839-8013
;
+593991691182
EL
PRINCIPIO
DE
PRECAUCI
Ó
N
EN
LA
SALUD
P
Ú
BLICA:
REGULACI
Ó
N
JUR
Í
DICA
DEL
BISFENOL-A
EN
ECUADOR
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POLITECNICA
DE
LA
CIENCIA
publicaciones@politecnicadelaciencia.com
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98
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4362
Palabras
clave:
Principio
de
precauci
ó
n,
derecho
ambiental,
incertidumbre,
salud
p
ú
blica,
bisfenol-
a,
regulaci
ó
n
ABSTRACT:
This
research
stems
from
the
need
for
strong
environmental
regulations
and
their
repercussions
on
human
health,
due
to
the
indiscriminate
use
of
plastic
coatings
on
items
that
will
later
come
into
contact
with
our
bodies.
The
damage
caused
is
proven,
and
each
individual
will
exhibit
signs
and
symptoms
at
different
times.
The
objective
is
to
analyze
the
precautionary
principle
applied
to
public
health
in
the
context
of
regulating
the
chemical
substance
bisphenol-A
(BPA).
Ecuador
is
taken
as
a
case
study.
Since
its
2008
constitution,
Ecuador
has
implemented
the
precautionary
principle,
which
is
applied
to
risk
management
in
situations
where
there
is
scientific
uncertainty
about
the
effects
that
a
given
activity
may
have
on
health
or
the
environment,
as
is
the
case
with
BPA,
a
chemical
compound
with
irreversible
health
effects.
There
is
a
lack
of
information
on
the
short-,
medium-,
and
long-term
consequences
of
this
component
on
the
health
of
the
population.
The
methodology
is
qualitative,
bibliographic,
and
documentary,
employing
an
inductive
theoretical
method.
This
allows
for
the
application
of
the
precautionary
principle
in
public
health
for
the
proper
regulation
of
BPA.
Comparative
legislation
will
also
be
used
to
determine
how
some
European
legislation
has
limited
the
use
of
this
element
and
to
observe
its
regulation
in
Ecuadorian
legislation.
The
main
finding
is
that
the
country
lacks
specific
regulations
for
this
chemical
compound,
despite
having
international
standards
and
examples
of
successful
control
measures
in
other
countries.
The
conclusions
drawn
support
the
doctrinal
grounding
of
the
precautionary
principle
as
a
tool
designed
to
facilitate
public
health
decision-making,
but
which
still
remains
within
the
realm
of
soft
law.
Keywords:
Precautionary
principle,
environmental
law,
uncertainty,
public
health,
bisphenol-a,
regulation
INTRODUCCI
Ó
N
En
la
presente
investigaci
ó
n
se
estudia
a
(1-6)
quienes
mencionan
que
deber
í
a
limitarse
la
comercializaci
ó
n
productos
elaborados
con
policarbonato,
el
mismo
que
contiene
el
qu
í
mico
bisfenol-
a
el
cual
es
un
xenoestrogeno
bloquea
las
acciones
de
los
estr
ó
genos,
considerado
adem
á
s
como
un
perturbador
endocrino
afectando
espec
í
ficamente
el
desarrollo
normal
del
sistema
endocrino
en
los
seres
humanos,
transform
á
ndose
en
una
patolog
í
a
que
puede
contraer
graves
consecuencias
a
la
salud,
por
lo
tanto
que
en
la
mayor
í
a
de
las
investigaciones
concluyen
que
la
utilizaci
ó
n
o
consumo
del
componente
qu
í
mico
que
podr
í
an
desencadenar
grandes
problemas
de
salud
o
ambientales
(7).
Respecto
al
tema,
en
el
Ecuador
se
han
realizado
distintas
tesis
e
investigaciones
donde
los
autores:
(8)
,(9)
,
tiene
una
misma
perspectiva
sobre
el
principio
de
precauci
ó
n
ambiental
enfocado
a
la
salud
p
ú
blica
que
se
orienta
en
llegar
a
ser
un
pre
ventor
por
alguna
amenaza
EL
PRINCIPIO
DE
PRECAUCI
Ó
N
EN
LA
SALUD
P
Ú
BLICA:
REGULACI
Ó
N
JUR
Í
DICA
DEL
BISFENOL-A
EN
ECUADOR
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POLITECNICA
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qu
í
mica,
pero
tambi
é
n
tomar
medidas
adecuadas
para
parar
las
consecuencias
o
efectos
ya
producidos
por
sustancias
qu
í
micas
como
es
el
caso
del
bisfenol
–
a,
analizando
las
mejores
alternativas
posibles
y
utilizando
m
é
todos
participativos
para
la
toma
de
decisiones.
Es
importante
mencionar
que
para
(10),
nos
menciona
en
su
investigaci
ó
n,
que
es
de
suma
importancia
del
principio
de
precauci
ó
n
porque
busca
impulsar
medidas
alternativas
para
el
desarrollo
que
vaya
de
la
mano
con
la
sostenibilidad,
buscando
una
mejor
calidad
de
vida
para
las
presentes
y
futuras
generaciones.
Diversos
estudios
como
(11)
y
(12)
en
poblaci
ó
n
estadounidense,
(13)
hallaron
que
un
mayor
consumo
de
alimentos
ultraprocesados
se
relaciona
con
mayores
concentraciones
urinarias
de
bisfenoles
y
ftalatos,
sugiriendo
una
fuente
clave
de
exposici
ó
n
a
BPA,
esto
tiene
plena
conexi
ó
n
con
la
salud
p
ú
blica
mediante
la
soberan
í
a
alimentaria
estipulada
en
la
Constituci
ó
n
de
la
Rep
ú
blica
del
Ecuador,
de
la
misma
forma
en
normas
de
jerarqu
í
a
inferior
se
aplica
tambi
é
n
principios
del
derecho
ambiental
internacional
como
el
de
precauci
ó
n
El
principio
de
precauci
ó
n
en
el
derecho
internacional
como
en
nuestro
pa
í
s
est
á
consagrado
en
la
constituci
ó
n
de
la
rep
ú
blica
del
Ecuador,
en
el
c
ó
digo
del
Ambiente
y
en
la
declaraci
ó
n
de
Rio,
en
donde
se
describirse
operativamente
como
la
estrategia
que,
con
enfoque
preventivo,
se
aplica
a
la
gesti
ó
n
del
riesgo
en
aquellas
situaciones
donde
hay
incertidumbre
cient
í
fica
sobre
los
efectos
que
podr
í
an
llegar
a
afectar
la
salud
de
la
poblaci
ó
n
y
da
ñ
os
ambientales.
Por
consiguiente,
ya
que
en
la
legislaci
ó
n
ecuatoriana
no
se
establece
una
adecuada
regulaci
ó
n
encaminado
al
principio
de
precauci
ó
n
en
el
caso
de
la
regulaci
ó
n
del
bisfenol
–
a,
para
obtener
nuevas
alternativas
para
prever
los
alcances
o
efectos
sobre
su
utilizaci
ó
n
a
corto,
mediano
y
largo
plazo
en
la
salud
de
la
poblaci
ó
n
o
tambi
é
n
los
da
ñ
os
ambientales
que
pueden
provocarse,
afectando
directamente
a
derechos
fundamentales
como
el
derecho
a
la
salud
y
derecho
a
un
ambiente
sano
los
mismos
que
est
á
n
consagrados
en
instrumentos
legales
nacionales
como
extranjeros.
Con
estos
antecedentes
la
pregunta
cient
í
fica
planteada
es:
¿
C
ó
mo
establecer
aplicaci
ó
n
del
principio
de
precauci
ó
n
en
la
salud
p
ú
blica
caso
regulaci
ó
n
del
Bisfenol
–
A
en
el
Ecuador?;
entonces
se
puede
determinar
que
es
necesaria
como
factible
una
adecuada
regulaci
ó
n
del
bisfenol-a,
para
precautelar
el
derecho
a
la
salud
de
la
ciudan
í
a
ecuatoriana,
conociendo
los
efectos
que
se
presenta
en
la
salud
humana
por
su
consumo
como
su
exposici
ó
n.
Por
cuanto
el
objetivo
general
se
analizara
el
principio
de
precauci
ó
n
en
la
salud
p
ú
blica,
en
el
caso
regulaci
ó
n
del
bisfenol
–
a,
manifestando
que
los
objetivos
espec
í
ficos
se
enfocara
en
fundamentar
doctrinariamente
el
principio
de
precauci
ó
n,
de
esta
forma
se
podr
á
establecer
las
consecuencias
sobre
el
bisfenol-
a,
en
la
salud
p
ú
blica
y
poder
llegar
a
proponer
un
criterio
jur
í
dico
para
la
aplicaci
ó
n
del
principio
de
precauci
ó
n
en
la
salud
p
ú
blica
caso
regulaci
ó
n
del
bisfenol
–
a
en
el
Ecuador.
EL
PRINCIPIO
DE
PRECAUCI
Ó
N
EN
LA
SALUD
P
Ú
BLICA:
REGULACI
Ó
N
JUR
Í
DICA
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BISFENOL-A
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DE
LA
CIENCIA
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a
metodolog
í
a
empleada
es
cualitativa,
teniendo
alcance
descriptivo
como
m
é
todo
te
ó
rico
se
acudir
á
al
inductivo,
que
permitir
á
la
aplicaci
ó
n
del
principio
de
prevenci
ó
n
en
la
salud
p
ú
blica
obteniendo
una
adecuada
regulaci
ó
n
sobre
el
bisfenol
–
a;
como
tambi
é
n
se
utilizar
á
el
m
é
todo
practico
el
cual
ser
á
hist
ó
rico-
sociol
ó
gico
para
determinar
c
ó
mo
parte
de
la
legislaci
ó
n
europea
ha
limitado
la
utilizaci
ó
n
de
este
elemento
y
poder
aplicarlos
en
el
pa
í
s,
utilizando
la
t
é
cnica
de
entrevistas
realizadas
a
profesionales
a
fin
a
la
materia,
teniendo
como
instrumentos
a
cuestionarios
a
adecuadamente
realizados
para
desarrollarlos.
Por
lo
expuesto
en
esta
investigaci
ó
n
establecida
en
materia
de
derecho
ambiental,
permite
conocer
una
regulaci
ó
n
para
la
aplicaci
ó
n
del
principio
de
precauci
ó
n
en
el
á
mbito
de
la
salud
publica
especificando
en
el
caso
del
qu
í
mico
bisfenol
–
a,
conociendo
sus
efectos
o
consecuencias
que
se
pueden
producir
a
corto,
mediano
y
largo
plazo
para
la
salud
de
la
poblaci
ó
n
ecuatoriana.
MATERIALES
Y
M
É
TODOS
Metodolog
í
a
de
la
investigaci
ó
n
Este
presente
trabajo
de
investigaci
ó
n
se
ha
realizado
bajo
un
paradigma
cr
í
tico
propositivo,
que
ha
permitido
el
an
á
lisis
en
criterios
jur
í
dicos
y
doctrinarios
sobre
el
principio
de
precauci
ó
n
en
la
salud
p
ú
blica,
al
igual
que
la
regulaci
ó
n
bisfenol
–
a,
ya
que
en
la
actualidad
es
de
suma
importancia
tener
conocimientos
de
los
mismos.
El
tipo
de
investigaci
ó
n
que
se
empleo
fue
el
m
é
todo
descriptivo,
puesto
que
define
te
ó
ricamente
al
principio
de
precauci
ó
n
y
detalla
las
causas
y
efectos
que
produce
el
bisfenol
–
a,
en
la
salud
humana;
obteniendo
como
un
resultado
criterios
jur
í
dicos
que
puedan
ayudar
para
establecer
una
adecuada
regulaci
ó
n
de
sustancias
qu
í
micas,
como
es
el
caso
del
bisfenol-
a,
en
la
legislaci
ó
n
ecuatoriana,
para
obtener
de
esta
manera
conclusiones
reales
a
la
actualidad.
El
enfoque
cualitativo
permiti
ó
la
recolecci
ó
n
de
criterios
t
é
cnico-
jur
í
dicos
importantes
para
esta
investigaci
ó
n,
mediante
la
aplicaci
ó
n
de
entrevistas
a
profesionales
especialistas
en
materia
jur
í
dica
ambiental,
para
que
de
esta
manera
se
llegara
a
establecer
la
necesidad
de
la
correcta
aplicaci
ó
n
del
principio
de
precauci
ó
n
en
la
salud
p
ú
blica,
con
la
regulaci
ó
n
del
bisfenol
–
a.
El
primer
m
é
todo
que
se
utilizo
fue,
te
ó
rico
inductivo,
que
permitir
á
un
an
á
lisis
te
ó
rico
sobre
la
aplicaci
ó
n
del
principio
de
precauci
ó
n
en
la
salud
p
ú
blica
obteniendo
una
adecuada
regulaci
ó
n
sobre
el
bisfenol
–
a.
El
m
é
todo
practico
el
cual
ser
á
hist
ó
rico-
sociol
ó
gico
ya
que
permiti
ó
determinar
c
ó
mo
parte
de
la
legislaci
ó
n
europea
ha
limitado
la
utilizaci
ó
n
de
esta
sustancia
qu
í
mica
(bisfenol-a)
y
poder
llegar
a
establecer
criterios
jur
í
dicos
sustentables
para
aplicarlos
en
el
pa
í
s.
T
é
cnicas
e
instrumentos
de
recolecci
ó
n
de
la
informaci
ó
n
EL
PRINCIPIO
DE
PRECAUCI
Ó
N
EN
LA
SALUD
P
Ú
BLICA:
REGULACI
Ó
N
JUR
Í
DICA
DEL
BISFENOL-A
EN
ECUADOR
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POLITECNICA
DE
LA
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4362
Las
modalidades
de
la
investigaci
ó
n
que
se
utiliz
ó
fueron
el
bibliogr
á
fico
documental,
con
la
cual
permiti
ó
una
revisi
ó
n
de
fuentes
primarias,
las
cuales
fueron
tesis,
libros
cl
á
sicos
y
libros
contempor
á
neos;
como
fuente
secundaria
fueron
revistas
y
art
í
culos
cient
í
ficos
relacionados
al
tema.
Como
tambi
é
n
se
recurri
ó
a
la
modalidad
de
campo,
en
donde
se
analiz
ó
el
problema
jur
í
dico
sobre
la
aplicaci
ó
n
del
principio
de
precauci
ó
n
en
la
salud
p
ú
blica,
de
igual
forma
se
analiz
ó
la
posible
regulaci
ó
n
del
bisfenol
–
a,
a
trav
é
s
de
entrevistas
a
profesionales
expertos.
La
t
é
cnica
de
investigaci
ó
n
utilizada
en
este
estudio
fueron
las
entrevistas
que
se
aplicaron
en
base
de
cuestionarios
estructurados
referentes
a
la
investigaci
ó
n,
en
donde
se
realiz
ó
una
prueba
piloto,
la
misma
que
se
realiz
ó
una
sola
vez,
por
lo
cual
no
se
realiz
ó
ning
ú
n
tipo
de
oficio
para
tener
respuesta
de
los
profesionales.
El
dise
ñ
o
de
la
investigaci
ó
n
es
de
car
á
cter
cualitativo
con
caracter
í
sticas
de
flexibilidad,
de
exploraci
ó
n
profunda,
centrado
en
el
participante
y
con
coherencia
interna,
los
cuestionarios
mismos
que
fueron
validados
mediante
el
siguiente
mecanismo:
1.Prueba
del
instrumento,
2.Prueba
piloto,
3.
Limpia
de
datos,
4.
An
á
lisis
de
componentes,
5.Verificaci
ó
n
de
preguntas,
6.
Revisi
ó
n
final,
elaborados
son
3
que
est
á
n
conformados
por
5
preguntas
cada
uno
y
est
á
n
distribuidos
para
cada
uno
de
los
especialistas
de
la
siguiente
manera:
el
primero
cuestionario
esta
dirigidos
para
abogados
especialista
en
derecho
ambiental,
el
segundo
cuestionario
es
para
medios
expertos
en
salud
p
ú
blica
y
el
tercer
cuestionario
es
para
expertos
sobre
el
tema
de
sustancias
qu
í
micas,
para
que
de
esta
forma
obtener
la
informaci
ó
n
requerida
para
poder
establecer
criterios
jur
í
dicos
para
la
aplicaci
ó
n
del
principio
de
precauci
ó
n
en
la
salud
p
ú
blica,
en
el
caso
de
la
regulaci
ó
n
del
bisfenol
–
a.
En
la
pr
á
ctica,
(14)
existe
la
tendencia
a
considerar
a
una
persona
experta
a
partir
de
su
grado
cient
í
fico,
t
í
tulo
acad
é
mico
o
cargo
que
ocupa;
sin
embargo,
estos
m
é
ritos
no
siempre
determinan
la
competencia
de
una
persona.
Como
caracter
í
sticas
relevantes
del
experto
se
resaltan
su
vinculaci
ó
n
con
el
problema,
experiencia
profesional,
cualidades
personales
para
participar
en
las
investigaciones
y
pericia
profesional.
Los
expertos
son
necesarios
para
comprender
las
verdaderas
dimensiones
del
problema,
desarrollar
modelos
alternativos,
decidir
qu
é
datos
utilizar
o
simplemente
interpretar
los
resultados.
Es
as
í
que
se
selecciona
a
un
profesional
PhD.
en
Derecho
Ambiental
experto
en
su
á
mbito
acad
é
mico
e
investigativo.
Poblaci
ó
n
y
Muestra
Para
la
ejecuci
ó
n
de
la
investigaci
ó
n
se
realiz
ó
cuestionarios,
los
datos
crudos
fueron
organizados
en
tablas
estructuradas,
para
facilitar
su
an
á
lisis,
observaci
ó
n,
visualizaci
ó
n
y
exposici
ó
n
acad
é
mica,
instrumentos
aplicados
una
sola
vez;
algunos
fueron
resueltos
por
v
í
a
correo
electr
ó
nico
y
las
dem
á
s
por
grabaciones.
Cada
uno
de
los
cuestionarios
fueron
resueltos
por
profesionales
expertos
en
el
tema
de
estudio
tanto
en
derecho
ambiental
y
m
é
dicos
expertos
al
tema
del
bisfenol
–
a.
EL
PRINCIPIO
DE
PRECAUCI
Ó
N
EN
LA
SALUD
P
Ú
BLICA:
REGULACI
Ó
N
JUR
Í
DICA
DEL
BISFENOL-A
EN
ECUADOR
102
REVISTA
POLITECNICA
DE
LA
CIENCIA
publicaciones@politecnicadelaciencia.com
+593
98
320
4362
Se
valora
la
experiencia,
laboral,
formaci
ó
n
acad
é
mica,
publicaciones
cient
í
ficas,
trayectoria
profesional.
Los
requisitos
no
son
est
á
ticos,
sino
que
pueden
variar
de
acuerdo
con
las
exigencias
y
complejidades
de
los
problemas
a
resolver,
adem
á
s
de
la
posibilidad
real
de
poder
conseguir
los
expertos
que
se
requieren
en
una
investigaci
ó
n.
Bajo
el
m
é
todo
de
consulta
a
expertos
basado
en
evidencias
como
reputaci
ó
n,
visibilidad,
disponibilidad.
Por
cuanto
se
aplic
ó
a
una
selecci
ó
n
de
6
expertos
con
estas
caracter
í
sticas.
Con
la
aplicaci
ó
n
de
las
entrevistas
se
logr
ó
obtener
la
informaci
ó
n
deseada,
se
pudo
alcanzar
los
objetivos
planteados
en
la
presente
investigaci
ó
n,
ya
que
se
permiti
ó
el
an
á
lisis
el
principio
de
precauci
ó
n
en
la
salud
p
ú
blica,
en
el
caso
regulaci
ó
n
del
bisfenol
–
a,
la
cual
est
á
basada
en
una
investigaci
ó
n
doctrinaria
basadas
en
autores
cl
á
sicos
como
contempor
á
neos,
para
facilitando
un
an
á
lisis
m
á
s
profundo
en
la
doctrina.
De
igual
manera
el
objetivo
de
fundamentar
te
ó
ricamente
el
principio
de
precauci
ó
n
se
logr
ó
mediante
una
amplia
investigaci
ó
n
sobre
este
tema
en
base
a
libros,
art
í
culos
cient
í
ficos
y
art
í
culos
cient
í
ficos
sobre
este
tema.
Por
otro
lado,
el
objetivo
de
establecer
las
consecuencias
sobre
el
bisfenol-
a,
en
la
salud
p
ú
blica;
se
cumpli
ó
a
trav
é
s
de
las
entrevistas
aplicadas
a
los
profesionales
expertos;
con
la
informaci
ó
n
obtenida
y
tras
la
investigaci
ó
n
se
lleg
ó
a
dar
cumplimiento
al
ú
ltimo
objeto
que
es
establecer
criterios
jur
í
dicos
para
la
aplicaci
ó
n
del
principio
de
precauci
ó
n
en
la
salud
p
ú
blica
caso
regulaci
ó
n
del
bisfenol
–
a,
en
el
Ecuador.
RESULTADOS
Por
medio
de
la
aplicaci
ó
n
de
entrevistas,
a
profesionales
involucrados
al
tema
tanto
nacionales
como
internacionales,
se
ha
logrado
obtener
informaci
ó
n
adecuada
a
la
realidad
actual
sobre
la
situaci
ó
n
de
las
sustancias
qu
í
micas
como
es
el
caso
del
bisfenol
–
a,
estableci
é
ndose,
bajo
la
aplicaci
ó
n
del
principio
de
precauci
ó
n.
En
la
constituci
ó
n
de
la
rep
ú
blica
del
Ecuador
contempla
el
principio
de
precauci
ó
n
o
precautelatorio
por
cuanto,
la
incertidumbre
cient
í
fica
como
elemento
esencial
para
que
una
determinada
actividad
pueda
presentar
un
riego
tanto
para
el
medio
ambiente
o
para
la
salud
de
la
poblaci
ó
n,
deba
detenerse
su
consumo
o
su
exposici
ó
n
para
evitar
riegos
irreversibles
para
el
medio
ambiente
o
la
salud
o
ya
sea
por
la
utilizaci
ó
n
de
nuevas
tecnolog
í
as
Conociendo,
que
en
el
pa
í
s
no
se
aplica
este
principio
enfoc
á
ndose
a
la
salud
p
ú
blica
al
no
establecerse
investigaciones
o
estudios
cient
í
ficos
sobre
los
efectos
del
bisfenol
–
a,
en
la
salud
humana.
efiri
é
ndonos
sobre
el
bisfenol
–
a,
es
un
qu
í
mico
utilizado
para
s
í
ntesis
de
los
pl
á
sticos,
utilizado
en
sus
inicios
con
fines
veterinarios,
que,
a
lo
largo
de
estudios
se
ha
demostrado
que
tiene
efectos
cancer
í
genos
en
los
humanos,
en
nuestro
pa
í
s
existe
una
escasa
informaci
ó
n
tanto
sobre
el
mismo
convirti
é
ndose
en
un
enemigo
silencioso
para
la
poblaci
ó
n
al
desconocer
sus
efectos
en
la
salud.
Se
ha
encontrado
un
criterio
similar
en
cuanto,
que
deber
í
a
existir
una
regulaci
ó
n
en
cuesti
ó
n
a
las
sustancias
qu
í
micas
para
que
de
esta
manera
se
precautele
la
salud
de
la
poblaci
ó
n.
EL
PRINCIPIO
DE
PRECAUCI
Ó
N
EN
LA
SALUD
P
Ú
BLICA:
REGULACI
Ó
N
JUR
Í
DICA
DEL
BISFENOL-A
EN
ECUADOR
103
REVISTA
POLITECNICA
DE
LA
CIENCIA
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Regulaci
ó
n
del
bisfenol
–
a,
en
la
salud
p
ú
blica
caso
Europa.
En
cuanto
a,
a
la
regulaci
ó
n
del
bisfenol
–
a.
Europa
comenz
ó
con
los
primeros
pasos
para
la
regulaci
ó
n
de
este
qu
í
mico,
es
as
í
que,
se
proh
í
be
la
comercializaci
ó
n
como
tambi
é
n
el
uso
del
bisfenol
–
a,
comenzando
en
biberones
para
lactantes,
por
los
efectos
nocivos
que
causan
y
ya
est
á
n
comprobados,
tambi
é
n
por
los
aun
no
establecidos;
a
todo
esto,
lo
m
á
s
interesante
es
que
la
autorizaci
ó
n
no
fue
emitida
por
European
Food
Safety
Authority
(EFSA);
sin
embrago
esta
vez
mencionada
provisi
ó
n
fue
por
los
mismos
fabricantes
eliminar
este
componente
ya
que,
el
mercado
hab
í
a
descendido
repentinamente
(15).
En
consecuencia,
la
Uni
ó
n
Europea
en
el
senado
se
proclam
ó
ilegal
al
bisfenol
-
a;
por
sus
graves
efectos
a
la
salud
humana;
a
todo
esto,
en
Francia
en
2012,
implant
á
ndose
en
el
2015
legalmente,
a
consecuencia
de
los
estudios
de
la
Agencia
Nacional
de
Seguridad
Sanitaria
de
Francia
(ANSES),
en
donde
se
confirman
y
aseguran
los
da
ñ
os
perjud
í
cales
para
la
salud
para
las
generaciones
presentes
hasta
las
futuras
(16).
No
obstante,
en
los
Estados
Unidos
de
Norte
Am
é
rica
(EEUU),
se
est
á
realizado
estudios
basados
en
asegurar
la
toxicidad
del
bisfenol
-
a,
en
algunos
estados,
mediante
la
Food
and
Drugs
Administration
(FDA),
prohibi
é
ndose
todo
tipo
de
recipientes
para
los
alimentos
infantiles;
incluso,
en
Canad
á
,
est
á
prohibido
la
venta
de
biberones
ya
que,
se
est
á
estudiando
la
probabilidad
de
incluir
en
la
lista
de
qu
í
micos
peligrosos
para
la
salud
de
la
poblaci
ó
n
(15).
Por
consiguiente,
mencionan
(17)
y
(18)
que
exponiendo
en
sus
estudios
realizados
sobre
la
explosi
ó
n
cotidiana
al
bisfenol
–
a,
los
efectos
como
tambi
é
n
trastornos
nocivos
m
á
s
serios
y
peligrosos
para
la
sociedad
humana
es
la
migraci
ó
n
del
bisfenol
–
a
los
alimentos.
Del
mismo
modo
para
(19),
que
los
estudios
realizados
se
establecieron
en
animales
encontrando
efectos
perjudiciales
como:
enfermedades
catalogadas
catastr
ó
ficas,
problemas
para
la
reproducci
ó
n,
ya
que
este
qu
í
mico
es
un
disruptor
endocrino;
por
consiguiente,
deben
ser
parte
de
una
mayor
í
a
del
planeta
con
diferentes
circunstancias.
En
cuanto
a,
lo
antes
mencionado,
en
la
actualidad
vivimos
en
un
mundo
cada
vez
m
á
s
vanguardista,
buscando
siempre
dar
un
paso
adelante
con
la
ciencia,
olvidado
o
dejando
en
segundo
plano
a
lo
m
á
s
importante
que
es
el
desarrollo
sostenible
del
medio
ambiente
y
de
la
salud
humana
libre
de
futuros
da
ñ
os
irreversibles.
En
consecuencia,
la
Uni
ó
n
Europea
observando
esta
situaci
ó
n,
toma
medidas
precauci
ó
n
y
de
ser
el
caso
medidas
preventivas
para
poder
cesar
de
un
modo
m
á
s
eficaz,
los
efectos
nocivos
que
causa
este
qu
í
mico
perjudicial
para
el
planeta,
por
lo
cual
se
establece
una
tabla,
donde
se
llevara
a
cabo
la
normativa
con
la
que
cuenta
Europa
en
contra
no
solo
del
bisfenol
–
a;
si
no
de
toda
sustancia
o
producto
qu
í
mico
que
sea
considerado
una
amenaza.
Por
consiguiente,
Europa
posee
una
normativa
de
precauci
ó
n,
enfocada
a
la
protecci
ó
n
del
medio
ambiente
y
a
la
salud
humana,
aplic
á
ndola
en
pol
í
ticas
p
ú
blicas
como,
por
ejemplo:
EL
PRINCIPIO
DE
PRECAUCI
Ó
N
EN
LA
SALUD
P
Ú
BLICA:
REGULACI
Ó
N
JUR
Í
DICA
DEL
BISFENOL-A
EN
ECUADOR
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REVISTA
POLITECNICA
DE
LA
CIENCIA
publicaciones@politecnicadelaciencia.com
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98
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Tabla
1.
Normativa
-
Uni
ó
n
Europea
y
Legislaci
ó
n
Ecuatoriana.
Normativa
–
Uni
ó
n
Europea
Legislaci
ó
n
Ecuatoriana
Reglamento,
registro,
evaluaci
ó
n,
autorizaci
ó
n
y
restricci
ó
n
de
sustancias
y
preparados
qu
í
micos,
(REACH).
Objetivo
de
mejorar
la
protecci
ó
n
de
la
salud
humana
y
el
medio
ambiente
contra
los
riesgos
que
pueden
presentar
las
sustancias
qu
í
micas.
C
ó
digo
Org
á
nico
del
Ambiente
(COA)
(20),
en
relaci
ó
n
con
la
prevenci
ó
n,
control
de
la
contaminaci
ó
n,
gesti
ó
n
de
sustancias
qu
í
micas
peligrosas
y
responsabilidad
ambiental;
Ley
Org
á
nica
de
Salud
(21),
en
cuanto
a
la
protecci
ó
n
de
la
salud
frente
a
riesgos
qu
í
micos.
Reglamento
de
clasificaci
ó
n,
etiquetado
y
envasado
de
sustancias
y
mezclas,
(CLP)
Tiene
la
finalidad
de
garantizar
la
comunicaci
ó
n
clara
de
los
peligros
asociados
a
las
sustancias
qu
í
micas,
tanto
para
los
consumidores
de
la
Uni
ó
n
Europea
y
los
trabajadores.
Por
medio,
de
una
adecuada
clasificaci
ó
n
y
etiquetado
claro
de
productos
quimios.
C
ó
digo
Org
á
nico
del
Ambiente,
respecto
de
la
obligaci
ó
n
de
informaci
ó
n,
prevenci
ó
n
y
control
de
riesgos
ambientales;
Ley
Org
á
nica
de
Salud,
en
lo
relativo
a
la
vigilancia
sanitaria,
seguridad
de
productos
y
protecci
ó
n
del
consumidor.
Reglamento
sobre
el
consentimiento
fundamentado
previo
Se
encarga
de
la
adecuada
administraci
ó
n
de
la
importaci
ó
n
y
exportaci
ó
n
de
determinadas
sustancias
qu
í
micas.
Imponiendo
obligaciones
para
las
empresas
que
exportan
a
pa
í
ses
terceros.
C
ó
digo
Org
á
nico
del
Ambiente,
en
materia
de
control
de
importaci
ó
n
y
exportaci
ó
n
de
sustancias
peligrosas;
Ley
Org
á
nica
de
Salud,
respecto
del
control
sanitario
de
productos
y
sustancias
que
puedan
afectar
la
salud
p
ú
blica.
Reglamento
sobre
BIOCIDAS
Busca
el
mejoramiento
en
el
mercado
de
BIOCIDAS
(son
sustancias
qu
í
micas,
sint
é
ticas,
de
origen
natural
o
microorganismos),
garantizan
la
protecci
ó
n
del
medio
ambiente
y
las
personas.
C
ó
digo
Org
á
nico
del
Ambiente,
sobre
control
de
sustancias
peligrosas
y
prevenci
ó
n
del
da
ñ
o
ambiental;
Ley
Org
á
nica
de
Salud,
en
relaci
ó
n
con
el
registro,
control
y
autorizaci
ó
n
sanitaria
de
productos
que
puedan
afectar
la
salud.
Directiva
sobre
agentes
qu
í
micos
(CAD)
y;
Directiva
sobre
agentes
carcin
ó
genos
y
mut
á
genos
(CMD).
Proporcionan
un
marco
para
establecer
l
í
mites
de
exposici
ó
n
laboral,
que
forman
parte
integrante
del
mecanismo
de
la
Uni
ó
n
Europea
para
proteger
la
salud
de
los
trabajadores.
C
ó
digo
Org
á
nico
del
Ambiente,
en
cuanto
a
la
prevenci
ó
n
del
da
ñ
o
ambiental
y
gesti
ó
n
de
riesgos;
Ley
Org
á
nica
de
Salud,
en
materia
de
salud
ocupacional
y
prevenci
ó
n
de
enfermedades
derivadas
de
la
exposici
ó
n
a
agentes
qu
í
micos.
EL
PRINCIPIO
DE
PRECAUCI
Ó
N
EN
LA
SALUD
P
Ú
BLICA:
REGULACI
Ó
N
JUR
Í
DICA
DEL
BISFENOL-A
EN
ECUADOR
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98
320
4362
Fuente:
La
investigaci
ó
n
Por
cuanto,
con
las
respuestas
obtenidas
de
cada
uno
de
los
profesionales
en
cuanto,
a
la
situaci
ó
n
actual,
se
puede
divisar
que
el
Ecuador
necesita
una
adecuada
regulaci
ó
n
de
sustancias
qu
í
micas
para
cumplir
con
lo
que
se
establece
la
constituci
ó
n
de
la
rep
ú
blica
con
lo
cual
nos
estableci
é
ramos
como
referente
para
Latinoam
é
rica,
tomando
medias
de
acci
ó
n
en
pro
a
la
salud
p
ú
blica.
Tabla
2.
Cuestionario
aplicado
a
Experto
Internacional.
Preguntas/
categor
í
as
Experto
internacional
Phd.
En
derecho
ambiental
An
á
lisis
Salud
Sabe
usted
de
alg
ú
n
pa
í
s
en
Latinoam
é
rica
que
tenga
alg
ú
n
tipo
de
legislaci
ó
n,
sobre
el
principio
de
precauci
ó
n,
basado
en
la
salud
p
ú
blica;
¿
fundamente
su
respuesta?
No.
Conozco
si
existe
en
Latinoam
é
rica.
En
Colombia
existe
jurisprudencia
asociada
a
temas
ambientales
y
de
salud.
Al
analizar
la
respuesta,
se
observa
que
a
nivel
Latinoam
é
rica,
tiene
jurisprudencia
lo
cual
significa
que
tiene
un
precedente
importante
para
su
legislaci
ó
n.
Legalidad
¿
Cu
á
les
son
los
elementos
necesarios
para
que
actu
é
el
principio
de
precauci
ó
n?
El
elemento
fundamental
es
que
no
haya
certeza
cient
í
fica
absoluta.
Pero
que
haya
indicios
directos
del
riesgo.
No
se
puede
partir
del
completo
desconocimiento.
Al
divisar
la
respuesta,
se
observ
ó
que
concatenan
con
las
respuestas
emitidas
por
los
dem
á
s
profesionales
ya
que
coinciden
que
el
elemento
principal
para
que
actu
é
el
principio
precautelatorio
de
ser
que
no
se
tenga
una
certeza
cient
í
fica
absoluta
ya
que
si
partimos
de
un
desconocimiento
no
se
llegar
í
a
al
punto
de
partida
sin
tener
ning
ú
n
resultado.
Salud
¿
Deber
í
a
ser
aplicado
el
principio
de
precauci
ó
n
en
el
caso
de
las
sustancias
qu
í
micas
(bisfenol
–
a),
que
afectan
a
la
salud
humana
porque
si
y
porque
no?
Entiendo
que
hay
varios
estudios
cient
í
ficos
que
demuestran
la
afectaci
ó
n
e
impacto
en
la
salud.
Si
no
hay
una
pol
í
tica
clara
para
su
control
si
se
deber
í
a
aplicar
considerando
el
derecho
a
la
salud
En
cuanto
a
la
aplicaci
ó
n
del
principio
precautelatorio,
se
demuestra
que
es
de
suma
importancia
tener
una
regulaci
ó
n
para
conocer
el
impacto
que
genera
esta
sustancia
en
la
salud
humana.
Legalidad
¿
Considera
usted
beneficioso
para
futuro
una
correcta
aplicaci
ó
n
del
principio
de
precauci
ó
n,
en
el
caso
de
exposici
ó
n
frecuente
al
bisfenol
–
a?
Si.
Crear
á
un
precedente
para
otros
casos
sobre
qu
é
aspectos
tener
en
cuenta
y
como
facilitar
la
actuaci
ó
n
mediante
é
ste
principio.
Se
estableci
ó
que,
uno
de
los
mayores
beneficios
que
al
implementar
la
regulaci
ó
n
al
bisfenol,
a
nivel
Latinoamericano
seriaos
un
precedente
jurisprudencial,
para
que
en
otros
pa
í
ses
se
pueda
aplicar
una
regulaci
ó
n
para
el
bisfenol-a.
Pol
í
ticas
p
ú
blicas
¿
Es
necesario
crear
pol
í
ticas
Si.
Los
sistemas
de
salud
p
ú
blica
Es
importante
conocer
que
en
Latinoam
é
rica
no
se
cuenta
con
EL
PRINCIPIO
DE
PRECAUCI
Ó
N
EN
LA
SALUD
P
Ú
BLICA:
REGULACI
Ó
N
JUR
Í
DICA
DEL
BISFENOL-A
EN
ECUADOR
106
REVISTA
POLITECNICA
DE
LA
CIENCIA
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98
320
4362
p
ú
blicas,
enfocadas
a
la
salud
p
ú
blica
ejerciendo
de
esta
manera
una
cultura
de
precauci
ó
n
en
el
pa
í
s;
porque
si
y
porque
no?
en
Latinoam
é
rica
no
cuentan
con
rutas
de
acci
ó
n
claras
encaminadas
a
evitar
afectaci
ó
n,
sino
que
act
ú
an
frente
a
contingencias,
es
necesaria
la
educaci
ó
n
que
permita
abordar
los
temas
antes
que
se
generen
impactos
negativos
que
las
personas
conozcan
los
riesgos
y
que
deben
hacer
sistemas
adecuados
a
nivel
de
salud
p
ú
blica,
con
lo
mismo
se
debe
educar
a
las
futuras
generaciones
para
prevenir
impactos
negativos
y
mucho
m
á
s
si
se
trata
de
un
derecho
fundamental
que
es
la
salud.
Salud
¿
Usted
cree,
que
existe
una
informaci
ó
n
adecuada
sobre
bisfenol
–
a
y
sus
efectos
en
la
salud
humana?
No
existe.
Es
deficiente,
no
hay
suficiente
informaci
ó
n
y
claridad.
De
igual
manera
falta
divulgaci
ó
n
de
f
á
cil
acceso
a
cualquier
persona
de
cualquier
nivel
educativo
En
cuanto
a
la
hablar
sobre
la
informaci
ó
n
que
se
tiene
sobre
el
bisfenol-a,
se
consider
ó
que
se
tienen
una
limitaci
ó
n
ya
que
a
nivel
de
Latinoam
é
rica
no
se
cuenta
con
una
informaci
ó
n
sobre
sustancias
perjudiciales
para
la
salud,
por
lo
cual
es
necesario
tener
informaci
ó
n
de
f
á
cil
acceso
para
toda
la
sociedad.
Fuente:
La
investigaci
ó
n,
entrevista
a
experto
internacional
Criterios
Jur
í
dicos
El
desarrollo
progresivo
del
mundo
a
nivel
tecnol
ó
gico
e
industrial
ha
generado
que
se
produzcan
sustancias
peligrosas
para
la
salud
humana
las
mismas
que
ha
estado
presentes
desde
un
inicio
de
la
misma,
pero
a
trav
é
s
de
los
avances
cient
í
ficos
se
ha
comprobado
que
ya
sea
por
el
consumo
o
por
la
exposici
ó
n
de
estas,
se
presentan
enfermedades
catastr
ó
ficas.
Como
es
el
caso
del
bisfenol-a,
sustancia
qu
í
mica
de
f
á
cil
acceso
para
la
poblaci
ó
n
desencadenando
grandes
problemas
en
la
salud
humana;
convirti
é
ndose
en
un
inconveniente
para
los
estados
es
as
í
que;
Europa,
precursora
en
dar
el
inicio
para
la
regulaci
ó
n
de
las
sustancias
qu
í
micas
a
trav
é
s
de
distintas
normativas
que
reglamentan
tanto
la
comercializaci
ó
n,
consumo
y
exposici
ó
n
a
sustancias
qu
í
micas
peligrosas
para
la
salud.
A
todo
esto,
convirti
é
ndose
en
un
precedente
importante
para
el
mundo
con
la
creaci
ó
n
de
la
normativa
como
por
ejemplo
una
de
ellas
denominada
“
REACH
”
,
Reglamento
de
registro,
evaluaci
ó
n,
autorizaci
ó
n
y
restricci
ó
n
de
sustancias
y
preparados
qu
í
micos.
Por
lo
tanto,
es
necesario
que
se
tome
como
referente
a
lo
antes
mencionado
para
que
se
implemente
una
regulaci
ó
n
a
las
sustancias
qu
í
micas
en
la
legislaci
ó
n
ecuatoriana
para
prevenir
da
ñ
os
irreversibles
para
la
salud
de
la
poblaci
ó
n.
Respecto
al
Ecuador,
ya
estable
en
la
Constituci
ó
n
de
la
Republica
de
Ecuador
y
en
otros
cuerpos
legales
como
es
el
C
ó
digo
del
Ambiente
al
principio
de
precauci
ó
n.
Puesto
que,
al
referirse
a
la
salud
p
ú
blica
no
se
cuenta
con
ning
ú
n
tipo
de
referente
importante
dentro
de
la
EL
PRINCIPIO
DE
PRECAUCI
Ó
N
EN
LA
SALUD
P
Ú
BLICA:
REGULACI
Ó
N
JUR
Í
DICA
DEL
BISFENOL-A
EN
ECUADOR
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POLITECNICA
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320
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legislaci
ó
n
ecuatoriana
al
no
establecerse
ning
ú
n
tipo
de
tratamiento
sobre
sustancias
qu
í
micas,
que
sean
catalogadas
como
peligrosas
para
la
salud;
vulnerando
de
esta
manera
el
derecho
a
la
salud
de
la
poblaci
ó
n
instaurado
en
el
art.
32
de
la
CRE
(22).
Por
consiguiente,
conviniendo
que
es
de
suma
importancia
tener
una
regulaci
ó
n
sobre
bisfenol-
a
constituida,
en
la
realidad
actual
de
la
poblaci
ó
n
ecuatoriana
que
desconoce
sobre
esta
sustancia
qu
í
mica
como
sus
efectos
en
la
salud
individual
y
colectiva;
conociendo
que
es
de
competencia
tanto
de
la
autoridad
sanitaria
nacional
conjuntamente
con
el
Ministerio
de
Ambiente,
para
que
se
pueda
implementar
pol
í
ticas
p
ú
blicas
para
la
aplicaci
ó
n
del
principio
de
precauci
ó
n
sobre
la
regulaci
ó
n
de
esta
sustancia,
es
asi
que
para
(23)
la
gesti
ó
n
p
ú
blica
comprende
procedimientos
destinados
a
administrar
de
manera
segura
y
responsable
los
recursos
de
un
Estado
o
pa
í
s,
con
la
finalidad
de
entregar
bienes
y
servicios
oportunos
a
la
ciudadan
í
a.
En
cuanto
a
la
aplicaci
ó
n
del
principio
de
precauci
ó
n
en
la
salud
p
ú
blica
para
implementar
una
regulaci
ó
n
sobre
el
bisfenol-a.
Es
necesario
realizar
estudios
cient
í
ficos
para
conocer
y
delimitar
ya
sea
el
uso
o
la
exposici
ó
n
a
esta
sustancia
qu
í
mica;
tomando
a
consideraci
ó
n
normativa
internacional
como
es
el
caso
de
Europa
y
utilizando
la
normativa
vanguardista
con
la
que
contamos
a
partir
de
la
constituci
ó
n
del
2008,
la
misma
que
es
garantista
de
derechos
fundamentales
como
la
salud
y
una
vida
digna
para
la
poblaci
ó
n
ecuatoriana.
Con
el
prop
ó
sito
de,
ser
un
referente
importante
para
Latinoam
é
rica,
al
instaurar
una
regulaci
ó
n
a
trav
é
s
de
pol
í
ticas
p
ú
blicas
utilizando
el
principio
precautelatorio
DISCUSI
Ó
N
Es
importante
que
el
Estado
como
responsable
con
todas
las
instituciones
responsables
como
es
el
Ministerio
de
Salud
P
ú
blica
y
el
Ministerio
de
Ambiente,
fundamentados
en
C
ó
digo
Org
á
nico
de
Salud
(21);
que
se
impartan
campa
ñ
as
informativas
o
por
medios
de
comunicaci
ó
n,
informaci
ó
n
clara
sobre
el
bisfenol-
a,
y
sus
efectos
en
la
salud
humana.
Por
la
escasa
de
informaci
ó
n
que
existe
dentro
de
Latinoam
é
rica
y
en
Ecuador.
Como
tambi
é
n
que,
el
estado
ofrezca
capacitaciones
al
Ministerio
se
Salud
P
ú
blica
para
que
el
equipo
de
profesionales
encargados
de
las
á
reas
de
neonatolog
í
a
se
proh
í
ba
la
utilizaci
ó
n
de
biberones
de
pl
á
sticos
para
los
reci
é
n
nacidos
en
centros
hospitalarios
tanto
privados
y
con
mayor
exigencia
en
centros
p
ú
blicos,
precautelando
la
salud
de
la
poblaci
ó
n.
Respecto
al
bisfenol-a,
conociendo
que
es
un
qu
í
mico
peligroso
tanto
para
el
medio
ambiente
como
para
la
salud
humana
bas
á
ndonos
en
investigaciones
cient
í
ficas
internacionales;
demostrando
as
í
que,
es
una
sustancia
altamente
cancer
í
gena:
se
debe
mediante
pol
í
tica
p
ú
blica
o
una
reforma
a
la
ley
org
á
nica
de
salud
p
ú
blica
implementar
una
regulaci
ó
n
sobre
el
bisfenol
-
a.
EL
PRINCIPIO
DE
PRECAUCI
Ó
N
EN
LA
SALUD
P
Ú
BLICA:
REGULACI
Ó
N
JUR
Í
DICA
DEL
BISFENOL-A
EN
ECUADOR
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POLITECNICA
DE
LA
CIENCIA
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98
320
4362
Se
contrasta
el
an
á
lisis
con
la
literatura
internacional
que
destaca
la
vinculaci
ó
n
de
evidencia
cient
í
fica
para
la
adopci
ó
n
de
pol
í
tica
p
ú
blica,
pol
í
tica
regulatoria
en
funci
ó
n
del
principio
de
precauci
ó
n
(6,10),
la
brecha
principal
detectada
en
Ecuador
es
el
desconocimiento
del
riego
qu
í
mico
al
que
la
ciudadan
í
a
esta
expuesta,
estas
falencias
responde
a
una
deficiente
articulaci
ó
n
de
informaci
ó
n
y
gesti
ó
n
en
los
diversos
niveles
de
gobernanza
y
ó
rganos
de
control
ambientales
y
de
salud
p
ú
blica,
no
hay
suficientes
estudios
cient
í
ficos
a
nivel
nacional
que
aporten
un
control
m
á
s
exhaustivo
(12,20,21).
Por
consiguiente
(24)
se
ñ
alan
que
el
lawfare
ambiental
se
refiere
al
uso
estrat
é
gico
de
mecanismos
legales
para
obstaculizar
o
manipular
procesos
judiciales
relacionados
con
conflictos
socioambientales,
como
en
este
caso
el
acceso
a
la
informaci
ó
n
p
ú
blica
que
puede
afectar
a
la
salud
humana.
En
el
contexto
ecuatoriano,
se
recomienda
realizar
investigaciones
cient
í
ficas,
para
establecer
los
efectos
del
bisfenol
–
a,
en
la
poblaci
ó
n
ecuatoriana;
precautelando
de
esta
manera
el
derecho
a
la
salud
que
se
encuentra
declarado
en
la
Constituci
ó
n
de
la
Rep
ú
blica
del
Ecuador
en
el
art.
32,
mediante
la
aplicaci
ó
n
del
principio
de
precauci
ó
n.
CONCLUSIONES
En
la
presente
investigaci
ó
n
se
logr
ó
fundamentar
doctrinariamente
al
principio
de
precauci
ó
n
o
precautelatorio,
como
una
herramienta
creada
con
la
finalidad
de
facilitar
en
la
toma
de
decisiones
en
cuanto
una
determinada
actividad
que
no
se
cuente
con
una
certeza
cient
í
fica
concreta
o
que
exista
alg
ú
n
tipo
de
duda
con
la
cual,
pueda
causar
una
amenaza
que
afecte
al
medio
ambiente
o
a
la
salud
de
la
poblaci
ó
n,
es
as
í
que
no
limita
al
desarrollo
de
nuevas
tecnolog
í
as
por
el
contrario
precautela
los
derechos
tanto
del
medio
ambiente
como
de
la
poblaci
ó
n
humana;
por
lo
cual
este
principio
es
uno
de
los
puntos
m
á
s
importante
para
la
agenda
de
sostenibilidad
del
planeta.
Como
consecuencias
que
el
bisfenol-a,
ha
presentado
por
medio
de
esta
investigaci
ó
n
en
la
salud
p
ú
blica
son
las
siguientes:
De
acuerdo
al
objetivo
de
la
investigaci
ó
n
se
llega
a
analizar
el
principio
ambiental
de
precauci
ó
n
aplicado
en
la
salud
p
ú
blica,
en
el
caso
regulaci
ó
n
de
la
sustancia
qu
í
mica
bisfenol
–
a,
por
cuanto
el
desconocimiento
de
la
poblaci
ó
n
sobre
esta
sustancia
qu
í
mica
y
los
efectos
que
produce
en
la
salud
humana,
tanto
por
su
consumo
o
su
exposici
ó
n
repercuten
en
su
control.
La
falta
de
informaci
ó
n
y
la
realizaci
ó
n
de
estudios
cient
í
ficos
enfocados
a
la
realidad
actual
del
Ecuador
sobre
los
efectos
del
bisfenol
–
a;
en
la
salud
tanto
individual
y
colectiva
de
la
poblaci
ó
n
(25-28).
Los
productos
de
consumo
masivo
con
revestimiento
pl
á
stico
son
parte
de
la
realidad
cotidiana
del
ciudadano,
ya
sea
en
alimentos,
recipientes
elementos
de
aseo
personal
que
no
cumplen
con
el
est
á
ndar
internacional
de
concentraci
ó
n
del
compuesto.
EL
PRINCIPIO
DE
PRECAUCI
Ó
N
EN
LA
SALUD
P
Ú
BLICA:
REGULACI
Ó
N
JUR
Í
DICA
DEL
BISFENOL-A
EN
ECUADOR
109
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POLITECNICA
DE
LA
CIENCIA
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98
320
4362
No
existe
un
ú
nico
est
á
ndar
internacional
universal
para
la
concentraci
ó
n
de
bisfenol
A;
los
l
í
mites
y
regulaciones
var
í
an
seg
ú
n
regi
ó
n
y
tipo
de
exposici
ó
n
legal
(migraci
ó
n
a
alimentos,
contenido
en
materiales,
ingesta
diaria
tolerable).
Sin
embargo,
la
normativa
m
á
s
estricta
actualmente
adoptada
es
la
de
la
Uni
ó
n
Europea,
con
prohibiciones
completas
del
BPA
en
materiales
en
contacto
con
alimentos
y
requisitos
de
no
detectabilidad
a
niveles
de
microgramos
por
kilogramo
o
inferiores,
adem
á
s
de
una
IDT
extremadamente
baja
establecida
por
la
EFSA
(29).
Como
criterios
jur
í
dicos
gracias
a
la
investigaci
ó
n
te
ó
rica
se
ha
podido
demostrar
la
fundamentaci
ó
n
del
principio
de
precauci
ó
n
el
mismo
que
se
encuentra
establecido
en
normativa
internacional,
convenios
y
nuestra
Constituci
ó
n
de
la
Rep
ú
blica
del
Ecuador
en
el
art
í
culo
395,
como
tambi
é
n
en
la
infra
norma
legal
como
es
el
C
ó
digo
de
Ambiente
en
su
art
í
culo
7,
estableci
é
ndose
que
a
trav
é
s
de
este
principio
se
pueda
regular
las
sustancias
qu
í
micas
peligrosas
para
la
salud
humana,
como
es
el
caso
del
bisfenol-
a,
tomando
como
referente
a
la
legislaci
ó
n
Europea
pionera
en
regular
y
prohibir
la
comercializaci
ó
n
como
uso;
precautelando
la
salud
p
ú
blica
de
la
presente
y
futura
generaciones.
La
incertidumbre
cient
í
fica
sobre
estas
consecuencias
negativas,
sea
por
ser
a
ú
n
objeto
de
debate
cient
í
fico,
por
desconocimiento,
o
por
la
dificultad
de
determinar
tales
consecuencias
en
virtud
de
la
alta
complejidad
o
numerosas
variables
involucradas
(30-31).
REFERENCIAS
BIBLIOGR
Á
FICAS
1.
S
á
nchez
E.
El
principio
de
precauci
ó
n:
implicaciones
para
la
salud
p
ú
blica.
Gac
Sanit.
2002;16.
Disponible
en:
http://scielo.isciii.es/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0213-
91112002000500001
2.
De
Cozar
M.
Principio
de
precauci
ó
n
y
medio
ambiente.
Rev
Esp
Salud
P
ú
blica.
2005;79:133-144.
Disponible
en:
https://www.scielosp.org/scielo.php?pid=S1135-
57272005000200003&script=sci_arttext
3.
Andrade
A.
Disruptores
endocrinos:
potencial
problema
para
la
salud
p
ú
blica
y
medio
ambiente.
Rev
Biom
é
dica.
2006;17:146-150.
4.
Rengifo
H.
Conceptualizaci
ó
n
de
la
salud
ambiental.
Rev
Peru
Med
Exp
Salud
Publica.
2008;25.
Disponible
en:
http://www.scielo.org.pe/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1726-46342008000400010
5.
Aular
Y.
Disruptores
endocrinos:
un
nuevo
informe
con
recomendaciones
para
reducir
sus
efectos
adversos
a
la
salud.
Salus.
2013;17:4-6.
Disponible
en:
http://www.scielo.org.ve/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1316-71382013000100002
EL
PRINCIPIO
DE
PRECAUCI
Ó
N
EN
LA
SALUD
P
Ú
BLICA:
REGULACI
Ó
N
JUR
Í
DICA
DEL
BISFENOL-A
EN
ECUADOR
110
REVISTA
POLITECNICA
DE
LA
CIENCIA
publicaciones@politecnicadelaciencia.com
+593
98
320
4362
6.
Soro
B.
Construyendo
el
principio
de
precauci
ó
n.
Rev
Aragonesa
Adm
P
ú
blica.
2017;49:87-
151.
7.
Villa
Medina
KG,
Rojas-L
ó
pez
JA,
Garibaldi-Flores
R.
Efectos
del
bisfenol-A
en
la
salud
humana
y
su
implicaci
ó
n
en
diabetes
mellitus:
revisi
ó
n
sistem
á
tica.
REMUS
–
Rev
Estud
Med
Univ
Sonora.
2025;7(14):13.
doi:10.59420/remus.14.2025.303
8.
Rivera
J.
Apuntes
sobre
el
principio
de
precauci
ó
n.
Buenos
Aires
(AR):
Librarius;
2010.
9.
Ar
é
valo
K.
La
adopci
ó
n
del
principio
de
precauci
ó
n
en
la
legislaci
ó
n
ecuatoriana
y
en
su
justicia
ordinaria
y
constitucional
[tesis].
Quito
(EC):
Universidad
San
Francisco
de
Quito;
2011.
Disponible
en:
http://repositorio.usfq.edu.ec/bitstream/23000/1410/1/102335.pdf
10.
Carranza
R.
Alcances
jur
í
dicos
de
los
derechos
de
la
naturaleza
establecidos
en
la
Constituci
ó
n
de
la
Rep
ú
blica
del
Ecuador
(2008)
[tesis].
Quito
(EC):
Universidad
Central
del
Ecuador;
2015.
Disponible
en:
http://www.dspace.uce.edu.ec/bitstream/25000/5205/1/T-
UCE-0013-Ab-351.pdf
11.
Villa
Medina
KG,
Rojas-L
ó
pez
JA,
Garibaldi-Flores
R.
Efectos
del
bisfenol-A
en
la
salud
humana
y
su
implicaci
ó
n
en
diabetes
mellitus:
revisi
ó
n
sistem
á
tica.
REMUS
–
Rev
Estud
Med
Univ
Sonora.
2025;7(14):13.
doi:10.59420/remus.14.2025.303.
12.
Rengifo
H.
Conceptualizaci
ó
n
de
la
salud
ambiental.
Rev
Peru
Med
Exp
Salud
Publica.
2008;25.
Disponible
en:
http://www.scielo.org.pe/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1726-46342008000400010
13.
Steele
EM,
Khandpur
N,
da
Costa
Louzada
ML,
Monteiro
CA.
Association
between
dietary
contribution
of
ultra-processed
foods
and
urinary
concentrations
of
phthalates
and
bisphenol
in
a
nationally
representative
sample
of
the
US
population
aged
6
years
and
older
[Internet].
PLoS
ONE
.
2020
Jul
31;15(7):e0236738.
Available
from:
https://doi.org/10.1371/journal.pone.0236738
14.
Aular
Y.
Disruptores
endocrinos:
un
nuevo
informe
con
recomendaciones
para
reducir
sus
efectos
adversos
a
la
salud.
Salus.
2013;17:4-6.
Disponible
en:
http://www.scielo.org.ve/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1316-71382013000100002
15.
De
Prada
C.
Hogar
sin
t
ó
xicos.
Fundaci
ó
n
Vivo
Sano;
2013
mar
29.
Disponible
en:
http://www.hogarsintoxicos.org
16.
European
Union.
Commission
Regulation
(EU)
2018/213
of
12
February
2018
on
the
use
of
bisphenol
A
in
varnishes
and
coatings
intended
to
come
into
contact
with
food
and
amending
Regulation
(EU)
No
10/2011
as
regards
the
use
of
that
substance
in
plastic
food
contact
materials.
Off
J
Eur
Union
.
2018.
EL
PRINCIPIO
DE
PRECAUCI
Ó
N
EN
LA
SALUD
P
Ú
BLICA:
REGULACI
Ó
N
JUR
Í
DICA
DEL
BISFENOL-A
EN
ECUADOR
111
REVISTA
POLITECNICA
DE
LA
CIENCIA
publicaciones@politecnicadelaciencia.com
+593
98
320
4362
17.
Gonz
á
lez
G,
P
é
rez
R,
Hern
á
ndez-S
á
nchez
C,
Armend
á
riz
C,
Giron
é
s
R.
Toxicidad
del
bisfenol
A
(BPA):
migraci
ó
n
desde
los
envases
a
los
alimentos.
Rev
Prof
Form
Contin.
2011.
18.
Fern
á
ndez
M.
Bisfenol
A:
un
ejemplo
paradigm
á
tico
en
alteraci
ó
n
endocrina.
Rev
Salud
Ambiental.
2013;13:64-66.
19.
Soto
AM,
Sonnenschein
C.
Disruptores
endocrinos.
Gac
Sanit.
2002;16:209-211.
20.
Asamblea
Nacional
del
Ecuador.
C
ó
digo
Org
á
nico
del
Ambiente.
Registro
Oficial
No.
983;
12
abr
2017.
21.
Ecuador.
Asamblea
Nacional.
C
ó
digo
Org
á
nico
de
Salud
.
Registro
Oficial
Suplemento
No.
361,
22
de
diciembre
de
2020.
Quito:
Asamblea
Nacional
del
Ecuador;
2020.
22.
Asamblea
Nacional
del
Ecuador.
Constituci
ó
n
de
la
Rep
ú
blica
del
Ecuador.
Registro
Oficial
No.
449;
2008.
23.
Ubillus
Garc
í
a,
C.,
&
Amancha
Chiluisa,
L.
de
las
M.
(2024).
La
ejecuci
ó
n
presupuestaria
y
su
desarrollo
en
la
gesti
ó
n
p
ú
blica
del
Instituto
Ecuatoriano
de
Seguridad
Social,
Manab
í
.
RECUS.
Revista
Electr
ó
nica
Cooperaci
ó
n
Universidad
Sociedad,
9(2),
30
–
44.
https://doi.org/10.33936/recus.v9i2.6639
24.
Mena
Mena,
M.
C.
.,
&
Paredes
Paredes,
E.
A.
.
(2025).
Lawfare
Ambiental:
Caso
Chevron
vs
Ecuador
-
Judicializaci
ó
n
de
la
Justicia
Clim
á
tica.
Prisma
ODS:
Revista
Multidisciplinaria
Sobre
Desarrollo
Sostenible,
4(2),
332-348.
https://doi.org/10.65011/prismaods.v4.i2.103
25.
Aular
Y.
Disruptores
endocrinos:
un
nuevo
informe
con
recomendaciones
para
reducir
sus
efectos
adversos
a
la
salud.
Salus.
2013;17:4-6.
Disponible
en:
http://www.scielo.org.ve/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1316-71382013000100002
26.
European
Chemicals
Agency
(ECHA).
Agencia
de
la
Uni
ó
n
Europea;
2016
ago
5.
Disponible
en:
https://echa.europa.eu/es/information-on-chemicals
27.
Gonz
á
lez
G,
P
é
rez
R,
Hern
á
ndez-S
á
nchez
C,
Armend
á
riz
C,
Giron
é
s
R.
Toxicidad
del
bisfenol
A
(BPA):
migraci
ó
n
desde
los
envases
a
los
alimentos.
Rev
Prof
Form
Contin.
2011.
28.
Salazar
W,
Mart
í
nez
J.
El
bisfenol
A
(BPA):
an
á
lisis
de
sus
efectos
en
el
ser
humano.
Rev
Matices
Tecnol
ó
gicos.
2019;:8-50.
29.
European
Union.
Prohibici
ó
n
de
la
UE
del
uso
y
el
comercio
de
bisfenol
A
a
partir
del
20
de
enero
de
2025
[Internet].
Access2Markets.
07
Mar
2025
[cited
2026
Feb
5].
Disponible
en:
https://trade.ec.europa.eu/access-to-markets/es/news/prohibicion-de-la-ue-del-uso-y-el-
comercio-de-bisfenol-partir-del-20-de-enero-de-2025
EL
PRINCIPIO
DE
PRECAUCI
Ó
N
EN
LA
SALUD
P
Ú
BLICA:
REGULACI
Ó
N
JUR
Í
DICA
DEL
BISFENOL-A
EN
ECUADOR
112
REVISTA
POLITECNICA
DE
LA
CIENCIA
publicaciones@politecnicadelaciencia.com
+593
98
320
4362
30.
Corte
Constitucional
del
Ecuador.
Sentencia
No.
1149-19-JP/21
(10
de
noviembre
de
2021)
–
Bosque
Protector
Los
Cedros.
Corte
Constitucional
del
Ecuador
;
2021.
Disponible
en:
https://www.corteconstitucional.gob.ec/sentencia-1149-19-JP-21/
31.
Gord
ó
n
Paz
MJ.
Aplicaci
ó
n
del
principio
de
precauci
ó
n
en
la
salud
p
ú
blica:
caso
regulaci
ó
n
del
bisfenol
A
[proyecto
de
investigaci
ó
n
para
la
obtenci
ó
n
del
t
í
tulo
de
Abogada].
Ambato
(EC):
Pontificia
Universidad
Cat
ó
lica
del
Ecuador,
Escuela
de
Jurisprudencia;
2020.
Disponible
en:
https://repositorio.puce.edu.ec/server/api/core/bitstreams/d2f7d03e-
f3c2-4de3-ab7b-39fa5118e385/content