https://politecnicadelaciencia.com/ Edici ó n Bianual Vol.4 Num 7, PP 97 - 112 ISSN 309 1-2008 DOI: https://doi.org/10.56519/e1dc9289 97 REVISTA POLITECNICA DE LA CIENCIA publicaciones@politecnicadelaciencia.com +593 98 320 4362 EL PRINCIPIO DE PRECAUCI Ó N EN LA SALUD P Ú BLICA: REGULACI Ó N JUR Í DICA DEL BISFENOL-A EN ECUADOR THE PRECAUTIONARY PRINCIPLE IN PUBLIC HEALTH: LEGAL REGULATION OF BISPHENOL-A IN ECUADOR Mayra Cristina Mena Mena 1 , Mar í a Jos é Gordon Paz 2 , Linda de las Mercedes Amancha Chiluiza 3 , Pauleth Alexandra Arguello Cabrera {cmena@pucesa.edu.ec 1 , majitogopaz1995@gmail.com 2 , lamancha@pucesa.edu.ec 3 , pauletharguello2@gmail.com 4 } Fecha de recepci ó n: 06/01/2026 / Fecha de aceptaci ó n: 09/02/2026 / Fecha de publicaci ó n: 10/02/2026 RESUMEN: La investigaci ó n surge de la necesidad de un derecho regulatorio fuerte en materia ambiental y sus repercusiones en salud humana, debido al uso indiscriminado de revestimientos pl á sticos en elementos que posteriormente tendr á n contacto con nuestro organismo, ya que est á comprobado los da ñ os causados, cada individuo reflejara signos y s í ntomas en diferente margen temporal, el objetivo analizar el principio ambiental de precauci ó n aplicado en la salud p ú blica, en el caso regulaci ó n de la sustancia qu í mica bisfenol a, se toma como caso de estudio Ecuador, desde la constituci ó n de 2008 implementa el principio de precauci ó n, que se aplica a la gesti ó n del riesgo en situaciones donde hay incertidumbre cient í fica sobre los efectos que en la salud o el medio ambiente puede una actividad determinada, como es el caso del bisfenol a compuesto qu í mico, con efectos irreversibles para la salud ya que, no cuenta con informaci ó n sobre las consecuencias que pueden producir a corto mediano y largo plazo los efectos de este componente en la salud de la poblaci ó n. La metodolog í a es cualitativa, bibliogr á fica documental, como m é todo te ó rico el inductivo, permite la aplicaci ó n del principio de prevenci ó n en salud p ú blica para una adecuada regulaci ó n del bisfenol a; como tambi é n se utilizar á legislaci ó n comparada para determinar c ó mo parte de la legislaci ó n europea ha limitado el uso de este elemento y poder observar su regulaci ó n en la legislaci ó n ecuatoriana. Como resultado principal se identifica en el pa í s una insuficiente regulaci ó n espec í fica de este compuesto qu í mico a pesar de contar con la normativa internacional y ejemplos de control exitosos en otros pa í ses. Se llega como conclusiones a fundamentar doctrinariamente el principio de precauci ó n como una herramienta creada con la finalidad de facilitar en la toma de decisiones respecto a salud p ú blica pero que a ú n est á n en la esfera jur í dica del soft law. 1 Escuela de Ciencias Sociales y Humanidades, Pontificia Universidad Cat ó lica del Ecuador, Ecuador, https://orcid.org/0000-0001- 6933-0946 ; +5930980440948 2 Investigador Independiente, Ecuador, https://orcid.org/0009-0002-7753-2112 ; + +59398 0331020 3 Escuela de Ciencias Sociales y Humanidades, Pontificia Universidad Cat ó lica del Ecuador, Ecuador, https://orcid.org/0000- 0001-5958-6905 ; +593988223078 4 Investigador Independiente, Ecuador, https://orcid.org/0000-0001-5839-8013 ; +593991691182
EL PRINCIPIO DE PRECAUCI Ó N EN LA SALUD P Ú BLICA: REGULACI Ó N JUR Í DICA DEL BISFENOL-A EN ECUADOR 98 REVISTA POLITECNICA DE LA CIENCIA publicaciones@politecnicadelaciencia.com +593 98 320 4362 Palabras clave: Principio de precauci ó n, derecho ambiental, incertidumbre, salud p ú blica, bisfenol- a, regulaci ó n ABSTRACT: This research stems from the need for strong environmental regulations and their repercussions on human health, due to the indiscriminate use of plastic coatings on items that will later come into contact with our bodies. The damage caused is proven, and each individual will exhibit signs and symptoms at different times. The objective is to analyze the precautionary principle applied to public health in the context of regulating the chemical substance bisphenol-A (BPA). Ecuador is taken as a case study. Since its 2008 constitution, Ecuador has implemented the precautionary principle, which is applied to risk management in situations where there is scientific uncertainty about the effects that a given activity may have on health or the environment, as is the case with BPA, a chemical compound with irreversible health effects. There is a lack of information on the short-, medium-, and long-term consequences of this component on the health of the population. The methodology is qualitative, bibliographic, and documentary, employing an inductive theoretical method. This allows for the application of the precautionary principle in public health for the proper regulation of BPA. Comparative legislation will also be used to determine how some European legislation has limited the use of this element and to observe its regulation in Ecuadorian legislation. The main finding is that the country lacks specific regulations for this chemical compound, despite having international standards and examples of successful control measures in other countries. The conclusions drawn support the doctrinal grounding of the precautionary principle as a tool designed to facilitate public health decision-making, but which still remains within the realm of soft law. Keywords: Precautionary principle, environmental law, uncertainty, public health, bisphenol-a, regulation INTRODUCCI Ó N En la presente investigaci ó n se estudia a (1-6) quienes mencionan que deber í a limitarse la comercializaci ó n productos elaborados con policarbonato, el mismo que contiene el qu í mico bisfenol- a el cual es un xenoestrogeno bloquea las acciones de los estr ó genos, considerado adem á s como un perturbador endocrino afectando espec í ficamente el desarrollo normal del sistema endocrino en los seres humanos, transform á ndose en una patolog í a que puede contraer graves consecuencias a la salud, por lo tanto que en la mayor í a de las investigaciones concluyen que la utilizaci ó n o consumo del componente qu í mico que podr í an desencadenar grandes problemas de salud o ambientales (7). Respecto al tema, en el Ecuador se han realizado distintas tesis e investigaciones donde los autores: (8) ,(9) , tiene una misma perspectiva sobre el principio de precauci ó n ambiental enfocado a la salud p ú blica que se orienta en llegar a ser un pre ventor por alguna amenaza
EL PRINCIPIO DE PRECAUCI Ó N EN LA SALUD P Ú BLICA: REGULACI Ó N JUR Í DICA DEL BISFENOL-A EN ECUADOR 99 REVISTA POLITECNICA DE LA CIENCIA publicaciones@politecnicadelaciencia.com +593 98 320 4362 qu í mica, pero tambi é n tomar medidas adecuadas para parar las consecuencias o efectos ya producidos por sustancias qu í micas como es el caso del bisfenol a, analizando las mejores alternativas posibles y utilizando m é todos participativos para la toma de decisiones. Es importante mencionar que para (10), nos menciona en su investigaci ó n, que es de suma importancia del principio de precauci ó n porque busca impulsar medidas alternativas para el desarrollo que vaya de la mano con la sostenibilidad, buscando una mejor calidad de vida para las presentes y futuras generaciones. Diversos estudios como (11) y (12) en poblaci ó n estadounidense, (13) hallaron que un mayor consumo de alimentos ultraprocesados se relaciona con mayores concentraciones urinarias de bisfenoles y ftalatos, sugiriendo una fuente clave de exposici ó n a BPA, esto tiene plena conexi ó n con la salud p ú blica mediante la soberan í a alimentaria estipulada en la Constituci ó n de la Rep ú blica del Ecuador, de la misma forma en normas de jerarqu í a inferior se aplica tambi é n principios del derecho ambiental internacional como el de precauci ó n El principio de precauci ó n en el derecho internacional como en nuestro pa í s est á consagrado en la constituci ó n de la rep ú blica del Ecuador, en el c ó digo del Ambiente y en la declaraci ó n de Rio, en donde se describirse operativamente como la estrategia que, con enfoque preventivo, se aplica a la gesti ó n del riesgo en aquellas situaciones donde hay incertidumbre cient í fica sobre los efectos que podr í an llegar a afectar la salud de la poblaci ó n y da ñ os ambientales. Por consiguiente, ya que en la legislaci ó n ecuatoriana no se establece una adecuada regulaci ó n encaminado al principio de precauci ó n en el caso de la regulaci ó n del bisfenol a, para obtener nuevas alternativas para prever los alcances o efectos sobre su utilizaci ó n a corto, mediano y largo plazo en la salud de la poblaci ó n o tambi é n los da ñ os ambientales que pueden provocarse, afectando directamente a derechos fundamentales como el derecho a la salud y derecho a un ambiente sano los mismos que est á n consagrados en instrumentos legales nacionales como extranjeros. Con estos antecedentes la pregunta cient í fica planteada es: ¿ C ó mo establecer aplicaci ó n del principio de precauci ó n en la salud p ú blica caso regulaci ó n del Bisfenol A en el Ecuador?; entonces se puede determinar que es necesaria como factible una adecuada regulaci ó n del bisfenol-a, para precautelar el derecho a la salud de la ciudan í a ecuatoriana, conociendo los efectos que se presenta en la salud humana por su consumo como su exposici ó n. Por cuanto el objetivo general se analizara el principio de precauci ó n en la salud p ú blica, en el caso regulaci ó n del bisfenol a, manifestando que los objetivos espec í ficos se enfocara en fundamentar doctrinariamente el principio de precauci ó n, de esta forma se podr á establecer las consecuencias sobre el bisfenol- a, en la salud p ú blica y poder llegar a proponer un criterio jur í dico para la aplicaci ó n del principio de precauci ó n en la salud p ú blica caso regulaci ó n del bisfenol a en el Ecuador.
EL PRINCIPIO DE PRECAUCI Ó N EN LA SALUD P Ú BLICA: REGULACI Ó N JUR Í DICA DEL BISFENOL-A EN ECUADOR 100 REVISTA POLITECNICA DE LA CIENCIA publicaciones@politecnicadelaciencia.com +593 98 320 4362 a metodolog í a empleada es cualitativa, teniendo alcance descriptivo como m é todo te ó rico se acudir á al inductivo, que permitir á la aplicaci ó n del principio de prevenci ó n en la salud p ú blica obteniendo una adecuada regulaci ó n sobre el bisfenol a; como tambi é n se utilizar á el m é todo practico el cual ser á hist ó rico- sociol ó gico para determinar c ó mo parte de la legislaci ó n europea ha limitado la utilizaci ó n de este elemento y poder aplicarlos en el pa í s, utilizando la t é cnica de entrevistas realizadas a profesionales a fin a la materia, teniendo como instrumentos a cuestionarios a adecuadamente realizados para desarrollarlos. Por lo expuesto en esta investigaci ó n establecida en materia de derecho ambiental, permite conocer una regulaci ó n para la aplicaci ó n del principio de precauci ó n en el á mbito de la salud publica especificando en el caso del qu í mico bisfenol a, conociendo sus efectos o consecuencias que se pueden producir a corto, mediano y largo plazo para la salud de la poblaci ó n ecuatoriana. MATERIALES Y M É TODOS Metodolog í a de la investigaci ó n Este presente trabajo de investigaci ó n se ha realizado bajo un paradigma cr í tico propositivo, que ha permitido el an á lisis en criterios jur í dicos y doctrinarios sobre el principio de precauci ó n en la salud p ú blica, al igual que la regulaci ó n bisfenol a, ya que en la actualidad es de suma importancia tener conocimientos de los mismos. El tipo de investigaci ó n que se empleo fue el m é todo descriptivo, puesto que define te ó ricamente al principio de precauci ó n y detalla las causas y efectos que produce el bisfenol a, en la salud humana; obteniendo como un resultado criterios jur í dicos que puedan ayudar para establecer una adecuada regulaci ó n de sustancias qu í micas, como es el caso del bisfenol- a, en la legislaci ó n ecuatoriana, para obtener de esta manera conclusiones reales a la actualidad. El enfoque cualitativo permiti ó la recolecci ó n de criterios t é cnico- jur í dicos importantes para esta investigaci ó n, mediante la aplicaci ó n de entrevistas a profesionales especialistas en materia jur í dica ambiental, para que de esta manera se llegara a establecer la necesidad de la correcta aplicaci ó n del principio de precauci ó n en la salud p ú blica, con la regulaci ó n del bisfenol a. El primer m é todo que se utilizo fue, te ó rico inductivo, que permitir á un an á lisis te ó rico sobre la aplicaci ó n del principio de precauci ó n en la salud p ú blica obteniendo una adecuada regulaci ó n sobre el bisfenol a. El m é todo practico el cual ser á hist ó rico- sociol ó gico ya que permiti ó determinar c ó mo parte de la legislaci ó n europea ha limitado la utilizaci ó n de esta sustancia qu í mica (bisfenol-a) y poder llegar a establecer criterios jur í dicos sustentables para aplicarlos en el pa í s. T é cnicas e instrumentos de recolecci ó n de la informaci ó n
EL PRINCIPIO DE PRECAUCI Ó N EN LA SALUD P Ú BLICA: REGULACI Ó N JUR Í DICA DEL BISFENOL-A EN ECUADOR 101 REVISTA POLITECNICA DE LA CIENCIA publicaciones@politecnicadelaciencia.com +593 98 320 4362 Las modalidades de la investigaci ó n que se utiliz ó fueron el bibliogr á fico documental, con la cual permiti ó una revisi ó n de fuentes primarias, las cuales fueron tesis, libros cl á sicos y libros contempor á neos; como fuente secundaria fueron revistas y art í culos cient í ficos relacionados al tema. Como tambi é n se recurri ó a la modalidad de campo, en donde se analiz ó el problema jur í dico sobre la aplicaci ó n del principio de precauci ó n en la salud p ú blica, de igual forma se analiz ó la posible regulaci ó n del bisfenol a, a trav é s de entrevistas a profesionales expertos. La t é cnica de investigaci ó n utilizada en este estudio fueron las entrevistas que se aplicaron en base de cuestionarios estructurados referentes a la investigaci ó n, en donde se realiz ó una prueba piloto, la misma que se realiz ó una sola vez, por lo cual no se realiz ó ning ú n tipo de oficio para tener respuesta de los profesionales. El dise ñ o de la investigaci ó n es de car á cter cualitativo con caracter í sticas de flexibilidad, de exploraci ó n profunda, centrado en el participante y con coherencia interna, los cuestionarios mismos que fueron validados mediante el siguiente mecanismo: 1.Prueba del instrumento, 2.Prueba piloto, 3. Limpia de datos, 4. An á lisis de componentes, 5.Verificaci ó n de preguntas, 6. Revisi ó n final, elaborados son 3 que est á n conformados por 5 preguntas cada uno y est á n distribuidos para cada uno de los especialistas de la siguiente manera: el primero cuestionario esta dirigidos para abogados especialista en derecho ambiental, el segundo cuestionario es para medios expertos en salud p ú blica y el tercer cuestionario es para expertos sobre el tema de sustancias qu í micas, para que de esta forma obtener la informaci ó n requerida para poder establecer criterios jur í dicos para la aplicaci ó n del principio de precauci ó n en la salud p ú blica, en el caso de la regulaci ó n del bisfenol a. En la pr á ctica, (14) existe la tendencia a considerar a una persona experta a partir de su grado cient í fico, t í tulo acad é mico o cargo que ocupa; sin embargo, estos m é ritos no siempre determinan la competencia de una persona. Como caracter í sticas relevantes del experto se resaltan su vinculaci ó n con el problema, experiencia profesional, cualidades personales para participar en las investigaciones y pericia profesional. Los expertos son necesarios para comprender las verdaderas dimensiones del problema, desarrollar modelos alternativos, decidir qu é datos utilizar o simplemente interpretar los resultados. Es as í que se selecciona a un profesional PhD. en Derecho Ambiental experto en su á mbito acad é mico e investigativo. Poblaci ó n y Muestra Para la ejecuci ó n de la investigaci ó n se realiz ó cuestionarios, los datos crudos fueron organizados en tablas estructuradas, para facilitar su an á lisis, observaci ó n, visualizaci ó n y exposici ó n acad é mica, instrumentos aplicados una sola vez; algunos fueron resueltos por v í a correo electr ó nico y las dem á s por grabaciones. Cada uno de los cuestionarios fueron resueltos por profesionales expertos en el tema de estudio tanto en derecho ambiental y m é dicos expertos al tema del bisfenol a.
EL PRINCIPIO DE PRECAUCI Ó N EN LA SALUD P Ú BLICA: REGULACI Ó N JUR Í DICA DEL BISFENOL-A EN ECUADOR 102 REVISTA POLITECNICA DE LA CIENCIA publicaciones@politecnicadelaciencia.com +593 98 320 4362 Se valora la experiencia, laboral, formaci ó n acad é mica, publicaciones cient í ficas, trayectoria profesional. Los requisitos no son est á ticos, sino que pueden variar de acuerdo con las exigencias y complejidades de los problemas a resolver, adem á s de la posibilidad real de poder conseguir los expertos que se requieren en una investigaci ó n. Bajo el m é todo de consulta a expertos basado en evidencias como reputaci ó n, visibilidad, disponibilidad. Por cuanto se aplic ó a una selecci ó n de 6 expertos con estas caracter í sticas. Con la aplicaci ó n de las entrevistas se logr ó obtener la informaci ó n deseada, se pudo alcanzar los objetivos planteados en la presente investigaci ó n, ya que se permiti ó el an á lisis el principio de precauci ó n en la salud p ú blica, en el caso regulaci ó n del bisfenol a, la cual est á basada en una investigaci ó n doctrinaria basadas en autores cl á sicos como contempor á neos, para facilitando un an á lisis m á s profundo en la doctrina. De igual manera el objetivo de fundamentar te ó ricamente el principio de precauci ó n se logr ó mediante una amplia investigaci ó n sobre este tema en base a libros, art í culos cient í ficos y art í culos cient í ficos sobre este tema. Por otro lado, el objetivo de establecer las consecuencias sobre el bisfenol- a, en la salud p ú blica; se cumpli ó a trav é s de las entrevistas aplicadas a los profesionales expertos; con la informaci ó n obtenida y tras la investigaci ó n se lleg ó a dar cumplimiento al ú ltimo objeto que es establecer criterios jur í dicos para la aplicaci ó n del principio de precauci ó n en la salud p ú blica caso regulaci ó n del bisfenol a, en el Ecuador. RESULTADOS Por medio de la aplicaci ó n de entrevistas, a profesionales involucrados al tema tanto nacionales como internacionales, se ha logrado obtener informaci ó n adecuada a la realidad actual sobre la situaci ó n de las sustancias qu í micas como es el caso del bisfenol a, estableci é ndose, bajo la aplicaci ó n del principio de precauci ó n. En la constituci ó n de la rep ú blica del Ecuador contempla el principio de precauci ó n o precautelatorio por cuanto, la incertidumbre cient í fica como elemento esencial para que una determinada actividad pueda presentar un riego tanto para el medio ambiente o para la salud de la poblaci ó n, deba detenerse su consumo o su exposici ó n para evitar riegos irreversibles para el medio ambiente o la salud o ya sea por la utilizaci ó n de nuevas tecnolog í as Conociendo, que en el pa í s no se aplica este principio enfoc á ndose a la salud p ú blica al no establecerse investigaciones o estudios cient í ficos sobre los efectos del bisfenol a, en la salud humana. efiri é ndonos sobre el bisfenol a, es un qu í mico utilizado para s í ntesis de los pl á sticos, utilizado en sus inicios con fines veterinarios, que, a lo largo de estudios se ha demostrado que tiene efectos cancer í genos en los humanos, en nuestro pa í s existe una escasa informaci ó n tanto sobre el mismo convirti é ndose en un enemigo silencioso para la poblaci ó n al desconocer sus efectos en la salud. Se ha encontrado un criterio similar en cuanto, que deber í a existir una regulaci ó n en cuesti ó n a las sustancias qu í micas para que de esta manera se precautele la salud de la poblaci ó n.
EL PRINCIPIO DE PRECAUCI Ó N EN LA SALUD P Ú BLICA: REGULACI Ó N JUR Í DICA DEL BISFENOL-A EN ECUADOR 103 REVISTA POLITECNICA DE LA CIENCIA publicaciones@politecnicadelaciencia.com +593 98 320 4362 Regulaci ó n del bisfenol a, en la salud p ú blica caso Europa. En cuanto a, a la regulaci ó n del bisfenol a. Europa comenz ó con los primeros pasos para la regulaci ó n de este qu í mico, es as í que, se proh í be la comercializaci ó n como tambi é n el uso del bisfenol a, comenzando en biberones para lactantes, por los efectos nocivos que causan y ya est á n comprobados, tambi é n por los aun no establecidos; a todo esto, lo m á s interesante es que la autorizaci ó n no fue emitida por European Food Safety Authority (EFSA); sin embrago esta vez mencionada provisi ó n fue por los mismos fabricantes eliminar este componente ya que, el mercado hab í a descendido repentinamente (15). En consecuencia, la Uni ó n Europea en el senado se proclam ó ilegal al bisfenol - a; por sus graves efectos a la salud humana; a todo esto, en Francia en 2012, implant á ndose en el 2015 legalmente, a consecuencia de los estudios de la Agencia Nacional de Seguridad Sanitaria de Francia (ANSES), en donde se confirman y aseguran los da ñ os perjud í cales para la salud para las generaciones presentes hasta las futuras (16). No obstante, en los Estados Unidos de Norte Am é rica (EEUU), se est á realizado estudios basados en asegurar la toxicidad del bisfenol - a, en algunos estados, mediante la Food and Drugs Administration (FDA), prohibi é ndose todo tipo de recipientes para los alimentos infantiles; incluso, en Canad á , est á prohibido la venta de biberones ya que, se est á estudiando la probabilidad de incluir en la lista de qu í micos peligrosos para la salud de la poblaci ó n (15). Por consiguiente, mencionan (17) y (18) que exponiendo en sus estudios realizados sobre la explosi ó n cotidiana al bisfenol a, los efectos como tambi é n trastornos nocivos m á s serios y peligrosos para la sociedad humana es la migraci ó n del bisfenol a los alimentos. Del mismo modo para (19), que los estudios realizados se establecieron en animales encontrando efectos perjudiciales como: enfermedades catalogadas catastr ó ficas, problemas para la reproducci ó n, ya que este qu í mico es un disruptor endocrino; por consiguiente, deben ser parte de una mayor í a del planeta con diferentes circunstancias. En cuanto a, lo antes mencionado, en la actualidad vivimos en un mundo cada vez m á s vanguardista, buscando siempre dar un paso adelante con la ciencia, olvidado o dejando en segundo plano a lo m á s importante que es el desarrollo sostenible del medio ambiente y de la salud humana libre de futuros da ñ os irreversibles. En consecuencia, la Uni ó n Europea observando esta situaci ó n, toma medidas precauci ó n y de ser el caso medidas preventivas para poder cesar de un modo m á s eficaz, los efectos nocivos que causa este qu í mico perjudicial para el planeta, por lo cual se establece una tabla, donde se llevara a cabo la normativa con la que cuenta Europa en contra no solo del bisfenol a; si no de toda sustancia o producto qu í mico que sea considerado una amenaza. Por consiguiente, Europa posee una normativa de precauci ó n, enfocada a la protecci ó n del medio ambiente y a la salud humana, aplic á ndola en pol í ticas p ú blicas como, por ejemplo:
EL PRINCIPIO DE PRECAUCI Ó N EN LA SALUD P Ú BLICA: REGULACI Ó N JUR Í DICA DEL BISFENOL-A EN ECUADOR 104 REVISTA POLITECNICA DE LA CIENCIA publicaciones@politecnicadelaciencia.com +593 98 320 4362 Tabla 1. Normativa - Uni ó n Europea y Legislaci ó n Ecuatoriana. Normativa Uni ó n Europea Legislaci ó n Ecuatoriana Reglamento, registro, evaluaci ó n, autorizaci ó n y restricci ó n de sustancias y preparados qu í micos, (REACH). Objetivo de mejorar la protecci ó n de la salud humana y el medio ambiente contra los riesgos que pueden presentar las sustancias qu í micas. C ó digo Org á nico del Ambiente (COA) (20), en relaci ó n con la prevenci ó n, control de la contaminaci ó n, gesti ó n de sustancias qu í micas peligrosas y responsabilidad ambiental; Ley Org á nica de Salud (21), en cuanto a la protecci ó n de la salud frente a riesgos qu í micos. Reglamento de clasificaci ó n, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas, (CLP) Tiene la finalidad de garantizar la comunicaci ó n clara de los peligros asociados a las sustancias qu í micas, tanto para los consumidores de la Uni ó n Europea y los trabajadores. Por medio, de una adecuada clasificaci ó n y etiquetado claro de productos quimios. C ó digo Org á nico del Ambiente, respecto de la obligaci ó n de informaci ó n, prevenci ó n y control de riesgos ambientales; Ley Org á nica de Salud, en lo relativo a la vigilancia sanitaria, seguridad de productos y protecci ó n del consumidor. Reglamento sobre el consentimiento fundamentado previo Se encarga de la adecuada administraci ó n de la importaci ó n y exportaci ó n de determinadas sustancias qu í micas. Imponiendo obligaciones para las empresas que exportan a pa í ses terceros. C ó digo Org á nico del Ambiente, en materia de control de importaci ó n y exportaci ó n de sustancias peligrosas; Ley Org á nica de Salud, respecto del control sanitario de productos y sustancias que puedan afectar la salud p ú blica. Reglamento sobre BIOCIDAS Busca el mejoramiento en el mercado de BIOCIDAS (son sustancias qu í micas, sint é ticas, de origen natural o microorganismos), garantizan la protecci ó n del medio ambiente y las personas. C ó digo Org á nico del Ambiente, sobre control de sustancias peligrosas y prevenci ó n del da ñ o ambiental; Ley Org á nica de Salud, en relaci ó n con el registro, control y autorizaci ó n sanitaria de productos que puedan afectar la salud. Directiva sobre agentes qu í micos (CAD) y; Directiva sobre agentes carcin ó genos y mut á genos (CMD). Proporcionan un marco para establecer l í mites de exposici ó n laboral, que forman parte integrante del mecanismo de la Uni ó n Europea para proteger la salud de los trabajadores. C ó digo Org á nico del Ambiente, en cuanto a la prevenci ó n del da ñ o ambiental y gesti ó n de riesgos; Ley Org á nica de Salud, en materia de salud ocupacional y prevenci ó n de enfermedades derivadas de la exposici ó n a agentes qu í micos.
EL PRINCIPIO DE PRECAUCI Ó N EN LA SALUD P Ú BLICA: REGULACI Ó N JUR Í DICA DEL BISFENOL-A EN ECUADOR 105 REVISTA POLITECNICA DE LA CIENCIA publicaciones@politecnicadelaciencia.com +593 98 320 4362 Fuente: La investigaci ó n Por cuanto, con las respuestas obtenidas de cada uno de los profesionales en cuanto, a la situaci ó n actual, se puede divisar que el Ecuador necesita una adecuada regulaci ó n de sustancias qu í micas para cumplir con lo que se establece la constituci ó n de la rep ú blica con lo cual nos estableci é ramos como referente para Latinoam é rica, tomando medias de acci ó n en pro a la salud p ú blica. Tabla 2. Cuestionario aplicado a Experto Internacional. Preguntas/ categor í as Experto internacional Phd. En derecho ambiental An á lisis Salud Sabe usted de alg ú n pa í s en Latinoam é rica que tenga alg ú n tipo de legislaci ó n, sobre el principio de precauci ó n, basado en la salud p ú blica; ¿ fundamente su respuesta? No. Conozco si existe en Latinoam é rica. En Colombia existe jurisprudencia asociada a temas ambientales y de salud. Al analizar la respuesta, se observa que a nivel Latinoam é rica, tiene jurisprudencia lo cual significa que tiene un precedente importante para su legislaci ó n. Legalidad ¿ Cu á les son los elementos necesarios para que actu é el principio de precauci ó n? El elemento fundamental es que no haya certeza cient í fica absoluta. Pero que haya indicios directos del riesgo. No se puede partir del completo desconocimiento. Al divisar la respuesta, se observ ó que concatenan con las respuestas emitidas por los dem á s profesionales ya que coinciden que el elemento principal para que actu é el principio precautelatorio de ser que no se tenga una certeza cient í fica absoluta ya que si partimos de un desconocimiento no se llegar í a al punto de partida sin tener ning ú n resultado. Salud ¿ Deber í a ser aplicado el principio de precauci ó n en el caso de las sustancias qu í micas (bisfenol a), que afectan a la salud humana porque si y porque no? Entiendo que hay varios estudios cient í ficos que demuestran la afectaci ó n e impacto en la salud. Si no hay una pol í tica clara para su control si se deber í a aplicar considerando el derecho a la salud En cuanto a la aplicaci ó n del principio precautelatorio, se demuestra que es de suma importancia tener una regulaci ó n para conocer el impacto que genera esta sustancia en la salud humana. Legalidad ¿ Considera usted beneficioso para futuro una correcta aplicaci ó n del principio de precauci ó n, en el caso de exposici ó n frecuente al bisfenol a? Si. Crear á un precedente para otros casos sobre qu é aspectos tener en cuenta y como facilitar la actuaci ó n mediante é ste principio. Se estableci ó que, uno de los mayores beneficios que al implementar la regulaci ó n al bisfenol, a nivel Latinoamericano seriaos un precedente jurisprudencial, para que en otros pa í ses se pueda aplicar una regulaci ó n para el bisfenol-a. Pol í ticas p ú blicas ¿ Es necesario crear pol í ticas Si. Los sistemas de salud p ú blica Es importante conocer que en Latinoam é rica no se cuenta con
EL PRINCIPIO DE PRECAUCI Ó N EN LA SALUD P Ú BLICA: REGULACI Ó N JUR Í DICA DEL BISFENOL-A EN ECUADOR 106 REVISTA POLITECNICA DE LA CIENCIA publicaciones@politecnicadelaciencia.com +593 98 320 4362 p ú blicas, enfocadas a la salud p ú blica ejerciendo de esta manera una cultura de precauci ó n en el pa í s; porque si y porque no? en Latinoam é rica no cuentan con rutas de acci ó n claras encaminadas a evitar afectaci ó n, sino que act ú an frente a contingencias, es necesaria la educaci ó n que permita abordar los temas antes que se generen impactos negativos que las personas conozcan los riesgos y que deben hacer sistemas adecuados a nivel de salud p ú blica, con lo mismo se debe educar a las futuras generaciones para prevenir impactos negativos y mucho m á s si se trata de un derecho fundamental que es la salud. Salud ¿ Usted cree, que existe una informaci ó n adecuada sobre bisfenol a y sus efectos en la salud humana? No existe. Es deficiente, no hay suficiente informaci ó n y claridad. De igual manera falta divulgaci ó n de f á cil acceso a cualquier persona de cualquier nivel educativo En cuanto a la hablar sobre la informaci ó n que se tiene sobre el bisfenol-a, se consider ó que se tienen una limitaci ó n ya que a nivel de Latinoam é rica no se cuenta con una informaci ó n sobre sustancias perjudiciales para la salud, por lo cual es necesario tener informaci ó n de f á cil acceso para toda la sociedad. Fuente: La investigaci ó n, entrevista a experto internacional Criterios Jur í dicos El desarrollo progresivo del mundo a nivel tecnol ó gico e industrial ha generado que se produzcan sustancias peligrosas para la salud humana las mismas que ha estado presentes desde un inicio de la misma, pero a trav é s de los avances cient í ficos se ha comprobado que ya sea por el consumo o por la exposici ó n de estas, se presentan enfermedades catastr ó ficas. Como es el caso del bisfenol-a, sustancia qu í mica de f á cil acceso para la poblaci ó n desencadenando grandes problemas en la salud humana; convirti é ndose en un inconveniente para los estados es as í que; Europa, precursora en dar el inicio para la regulaci ó n de las sustancias qu í micas a trav é s de distintas normativas que reglamentan tanto la comercializaci ó n, consumo y exposici ó n a sustancias qu í micas peligrosas para la salud. A todo esto, convirti é ndose en un precedente importante para el mundo con la creaci ó n de la normativa como por ejemplo una de ellas denominada REACH , Reglamento de registro, evaluaci ó n, autorizaci ó n y restricci ó n de sustancias y preparados qu í micos. Por lo tanto, es necesario que se tome como referente a lo antes mencionado para que se implemente una regulaci ó n a las sustancias qu í micas en la legislaci ó n ecuatoriana para prevenir da ñ os irreversibles para la salud de la poblaci ó n. Respecto al Ecuador, ya estable en la Constituci ó n de la Republica de Ecuador y en otros cuerpos legales como es el C ó digo del Ambiente al principio de precauci ó n. Puesto que, al referirse a la salud p ú blica no se cuenta con ning ú n tipo de referente importante dentro de la
EL PRINCIPIO DE PRECAUCI Ó N EN LA SALUD P Ú BLICA: REGULACI Ó N JUR Í DICA DEL BISFENOL-A EN ECUADOR 107 REVISTA POLITECNICA DE LA CIENCIA publicaciones@politecnicadelaciencia.com +593 98 320 4362 legislaci ó n ecuatoriana al no establecerse ning ú n tipo de tratamiento sobre sustancias qu í micas, que sean catalogadas como peligrosas para la salud; vulnerando de esta manera el derecho a la salud de la poblaci ó n instaurado en el art. 32 de la CRE (22). Por consiguiente, conviniendo que es de suma importancia tener una regulaci ó n sobre bisfenol- a constituida, en la realidad actual de la poblaci ó n ecuatoriana que desconoce sobre esta sustancia qu í mica como sus efectos en la salud individual y colectiva; conociendo que es de competencia tanto de la autoridad sanitaria nacional conjuntamente con el Ministerio de Ambiente, para que se pueda implementar pol í ticas p ú blicas para la aplicaci ó n del principio de precauci ó n sobre la regulaci ó n de esta sustancia, es asi que para (23) la gesti ó n p ú blica comprende procedimientos destinados a administrar de manera segura y responsable los recursos de un Estado o pa í s, con la finalidad de entregar bienes y servicios oportunos a la ciudadan í a. En cuanto a la aplicaci ó n del principio de precauci ó n en la salud p ú blica para implementar una regulaci ó n sobre el bisfenol-a. Es necesario realizar estudios cient í ficos para conocer y delimitar ya sea el uso o la exposici ó n a esta sustancia qu í mica; tomando a consideraci ó n normativa internacional como es el caso de Europa y utilizando la normativa vanguardista con la que contamos a partir de la constituci ó n del 2008, la misma que es garantista de derechos fundamentales como la salud y una vida digna para la poblaci ó n ecuatoriana. Con el prop ó sito de, ser un referente importante para Latinoam é rica, al instaurar una regulaci ó n a trav é s de pol í ticas p ú blicas utilizando el principio precautelatorio DISCUSI Ó N Es importante que el Estado como responsable con todas las instituciones responsables como es el Ministerio de Salud P ú blica y el Ministerio de Ambiente, fundamentados en C ó digo Org á nico de Salud (21); que se impartan campa ñ as informativas o por medios de comunicaci ó n, informaci ó n clara sobre el bisfenol- a, y sus efectos en la salud humana. Por la escasa de informaci ó n que existe dentro de Latinoam é rica y en Ecuador. Como tambi é n que, el estado ofrezca capacitaciones al Ministerio se Salud P ú blica para que el equipo de profesionales encargados de las á reas de neonatolog í a se proh í ba la utilizaci ó n de biberones de pl á sticos para los reci é n nacidos en centros hospitalarios tanto privados y con mayor exigencia en centros p ú blicos, precautelando la salud de la poblaci ó n. Respecto al bisfenol-a, conociendo que es un qu í mico peligroso tanto para el medio ambiente como para la salud humana bas á ndonos en investigaciones cient í ficas internacionales; demostrando as í que, es una sustancia altamente cancer í gena: se debe mediante pol í tica p ú blica o una reforma a la ley org á nica de salud p ú blica implementar una regulaci ó n sobre el bisfenol - a.
EL PRINCIPIO DE PRECAUCI Ó N EN LA SALUD P Ú BLICA: REGULACI Ó N JUR Í DICA DEL BISFENOL-A EN ECUADOR 108 REVISTA POLITECNICA DE LA CIENCIA publicaciones@politecnicadelaciencia.com +593 98 320 4362 Se contrasta el an á lisis con la literatura internacional que destaca la vinculaci ó n de evidencia cient í fica para la adopci ó n de pol í tica p ú blica, pol í tica regulatoria en funci ó n del principio de precauci ó n (6,10), la brecha principal detectada en Ecuador es el desconocimiento del riego qu í mico al que la ciudadan í a esta expuesta, estas falencias responde a una deficiente articulaci ó n de informaci ó n y gesti ó n en los diversos niveles de gobernanza y ó rganos de control ambientales y de salud p ú blica, no hay suficientes estudios cient í ficos a nivel nacional que aporten un control m á s exhaustivo (12,20,21). Por consiguiente (24) se ñ alan que el lawfare ambiental se refiere al uso estrat é gico de mecanismos legales para obstaculizar o manipular procesos judiciales relacionados con conflictos socioambientales, como en este caso el acceso a la informaci ó n p ú blica que puede afectar a la salud humana. En el contexto ecuatoriano, se recomienda realizar investigaciones cient í ficas, para establecer los efectos del bisfenol a, en la poblaci ó n ecuatoriana; precautelando de esta manera el derecho a la salud que se encuentra declarado en la Constituci ó n de la Rep ú blica del Ecuador en el art. 32, mediante la aplicaci ó n del principio de precauci ó n. CONCLUSIONES En la presente investigaci ó n se logr ó fundamentar doctrinariamente al principio de precauci ó n o precautelatorio, como una herramienta creada con la finalidad de facilitar en la toma de decisiones en cuanto una determinada actividad que no se cuente con una certeza cient í fica concreta o que exista alg ú n tipo de duda con la cual, pueda causar una amenaza que afecte al medio ambiente o a la salud de la poblaci ó n, es as í que no limita al desarrollo de nuevas tecnolog í as por el contrario precautela los derechos tanto del medio ambiente como de la poblaci ó n humana; por lo cual este principio es uno de los puntos m á s importante para la agenda de sostenibilidad del planeta. Como consecuencias que el bisfenol-a, ha presentado por medio de esta investigaci ó n en la salud p ú blica son las siguientes: De acuerdo al objetivo de la investigaci ó n se llega a analizar el principio ambiental de precauci ó n aplicado en la salud p ú blica, en el caso regulaci ó n de la sustancia qu í mica bisfenol a, por cuanto el desconocimiento de la poblaci ó n sobre esta sustancia qu í mica y los efectos que produce en la salud humana, tanto por su consumo o su exposici ó n repercuten en su control. La falta de informaci ó n y la realizaci ó n de estudios cient í ficos enfocados a la realidad actual del Ecuador sobre los efectos del bisfenol a; en la salud tanto individual y colectiva de la poblaci ó n (25-28). Los productos de consumo masivo con revestimiento pl á stico son parte de la realidad cotidiana del ciudadano, ya sea en alimentos, recipientes elementos de aseo personal que no cumplen con el est á ndar internacional de concentraci ó n del compuesto.
EL PRINCIPIO DE PRECAUCI Ó N EN LA SALUD P Ú BLICA: REGULACI Ó N JUR Í DICA DEL BISFENOL-A EN ECUADOR 109 REVISTA POLITECNICA DE LA CIENCIA publicaciones@politecnicadelaciencia.com +593 98 320 4362 No existe un ú nico est á ndar internacional universal para la concentraci ó n de bisfenol A; los l í mites y regulaciones var í an seg ú n regi ó n y tipo de exposici ó n legal (migraci ó n a alimentos, contenido en materiales, ingesta diaria tolerable). Sin embargo, la normativa m á s estricta actualmente adoptada es la de la Uni ó n Europea, con prohibiciones completas del BPA en materiales en contacto con alimentos y requisitos de no detectabilidad a niveles de microgramos por kilogramo o inferiores, adem á s de una IDT extremadamente baja establecida por la EFSA (29). Como criterios jur í dicos gracias a la investigaci ó n te ó rica se ha podido demostrar la fundamentaci ó n del principio de precauci ó n el mismo que se encuentra establecido en normativa internacional, convenios y nuestra Constituci ó n de la Rep ú blica del Ecuador en el art í culo 395, como tambi é n en la infra norma legal como es el C ó digo de Ambiente en su art í culo 7, estableci é ndose que a trav é s de este principio se pueda regular las sustancias qu í micas peligrosas para la salud humana, como es el caso del bisfenol- a, tomando como referente a la legislaci ó n Europea pionera en regular y prohibir la comercializaci ó n como uso; precautelando la salud p ú blica de la presente y futura generaciones. La incertidumbre cient í fica sobre estas consecuencias negativas, sea por ser a ú n objeto de debate cient í fico, por desconocimiento, o por la dificultad de determinar tales consecuencias en virtud de la alta complejidad o numerosas variables involucradas (30-31). REFERENCIAS BIBLIOGR Á FICAS 1. S á nchez E. El principio de precauci ó n: implicaciones para la salud p ú blica. Gac Sanit. 2002;16. Disponible en: http://scielo.isciii.es/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0213- 91112002000500001 2. De Cozar M. Principio de precauci ó n y medio ambiente. Rev Esp Salud P ú blica. 2005;79:133-144. Disponible en: https://www.scielosp.org/scielo.php?pid=S1135- 57272005000200003&script=sci_arttext 3. Andrade A. Disruptores endocrinos: potencial problema para la salud p ú blica y medio ambiente. Rev Biom é dica. 2006;17:146-150. 4. Rengifo H. Conceptualizaci ó n de la salud ambiental. Rev Peru Med Exp Salud Publica. 2008;25. Disponible en: http://www.scielo.org.pe/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1726-46342008000400010 5. Aular Y. Disruptores endocrinos: un nuevo informe con recomendaciones para reducir sus efectos adversos a la salud. Salus. 2013;17:4-6. Disponible en: http://www.scielo.org.ve/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1316-71382013000100002
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